Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2 - SECRETARIA EJECUCION PENAL, 24 de Octubre de 2016, expediente FRO 085000124/2010/13

Fecha de Resolución24 de Octubre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2 - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2 FRO 85000124/2010/13 Nº 31 / 16-E Paraná, 24 de octubre de 2016.-

VISTOS:

Los autos “IBARRA, R.T.A. s/

Legajo de Ejecución Penal”, expediente nº 37/2015 (FRO 85000124/2010/13) del registro del Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 2 de Rosario; Y CONSIDERANDO:

Que en fecha 05 de octubre de 2015, L.C.N. formuló formal denuncia en mi contra –como Jueza Subrogante del Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 de Rosario-

ante el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, peticionando la apertura del procedimiento de mi remoción como magistrada (conforme a las facultades que al Consejo de la Magistratura le otorga el artículo 114, inciso 5º de la Constitución Nacional).

Que a la denuncia efectuada por N., adhirieron R.T.A.I., J.H.F. y E.V., todos ellos condenados en la causa FRO 85000124/2010 caratulada “N., L.C. s/ Privación ilegal de la libertad agravada, en concurso real con los delitos de Tormentos calificados y Asociación Ilícita (Parcial Expte. Nº 130/04)” y sus acumuladas.

Previo Dictamen Nº 159/2016 de la Comisión de Disciplina y Acusación que aconsejaba lo que finalmente se resolvió, en fecha 30 de junio de 2016 el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación desestimó “in límine” la denuncia efectuada en mi contra (Resolución Nº 322/2016). De ello fui notificada el día 11 de julio de 2016 a las 09.30 horas, siendo dicha oportunidad la ocasión en la que tomé conocimiento de la existencia de dicha denuncia.

Fecha de firma: 24/10/2016 Firmado por: BEATRIZ CABALLERO DE BARABANI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: O.R.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.V.E., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: TOMAS EUGENIO MALAPONTE, SECRETARIO DE JUZGADO #26876982#165137164#20161024100129970 Aunque la denuncia que se me efectuara no es anterior al inicio del proceso y tampoco compromete mi deber de imparcialidad, ni genera en mí inclinación alguna de...

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