Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA, 19 de Diciembre de 2014, expediente FRE 011010/2014/1/CA001

Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2014
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia (Chaco) -Secretaría Penal N°2-

sistencia, a los diecinueve ----- días del mes de diciembre del año dos mil catorce.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “Legajo de control de B.I.A. EN AUTOS: S.B.I.A.P.H.C.”, Expte. Nº FRE 11010/2014/1/CA1”, que en consulta proviene del Juzgado Federal Nº 1 de Formosa; CONSIDERANDO:

1) Que la presente acción de hábeas corpus arriba - vía fax - a esta Alzada en consulta conforme lo autoriza el art. 10 de la ley que rige la materia.

2) La referida acción fue planteada por derecho propio por el interno I.A.B., manifestando los motivos justificativos de tal pedimento.

Mediante Resolución obrante a fs. 14/16 la Sra. Jueza federal subrogante decide: “Rechazar in límine el recurso de hábeas Corpus interpuesto a fs.

1 por las razones mencionadas precedentemente, conforme lo normado por el art. 10 de la Ley 23.098….” sic.-

Para así decidir estima que no se encuentran configurados los extremos establecidos por la ley que tornan admisible la viabilidad de la acción en crisis, los cuales se encuentran reglados por el art. 3 de la Ley 23.098.-

Deja sentado el Juzgador, que ante la noticia de un posible hecho de apremios ilegales hacia el requirente de la acción, esa M. ha ordenado el traslado del detenido a dependencias de la Dirección General de Drogas Peligrosas hasta que el Servicio Penitenciario Federal U10, conteste acerca del cupo disponible.

Refiere también el Inferior que el Sr. B. ha radicado la denuncia pertinente en la Fiscalía Federal Nº 1, considerando la Magistrada que el interno ha optado por la vía procesal adecuada.

Fecha de firma: 19/12/2014 Firmado por: J.L.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.M.Y., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: R.A., SECRETARIO DE CAMARA Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia (Chaco) -Secretaría Penal N°2-

Culminando la Resolución en análisis, el a quo eleva las actuaciones en grado de consulta.

3) En este marco debe darse una inmediata respuesta a la crisis traída a esta Alzada.-

De tal forma, debemos destacar en relación a lo expuesto por B. en la audiencia celebrada en presencia de la Sra. Defensora Pública Oficial, que el mismo refiere haber sufrido golpes por parte de agentes del Servicio Penitenciario en ocasión de encontrarse en el Pabellón de Enfermería. Ante tal circunstancia y temiendo por su integridad solicita ser trasladado a otro centro de detención.

Que – como...

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