Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 26 de Noviembre de 2019, expediente FMP 008226/2017/1

Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1

C.F.C.P. - S. I FMP 8226/2017/1/CFC1 “S., M.G. s/recurso extraordinario”.

Cámara Federal de Casación Penal Registro Nro. 2086/19 Buenos Aires, 26 de noviembre de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa Nº FMP 8226/2017/1/CFC1, caratulada “S., M.G. s/recurso de casación”, acerca de la admisibilidad del recurso extraordinario federal presentado a fojas 70/78 por el representante del Ministerio Público Fiscal, contra la resolución dictada por esta S. I con fecha 4 de octubre 2019, obrante a fojas 67/68 vta. (Reg. Nº 1758/19), en cuanto resolvió: “DECLARAR INADMISIBLES los recursos de casación interpuestos por la parte querellante y por el Ministerio Público Fiscal, con imposición de costas únicamente a la A.F.I.P. (arts. 444 in fine, segundo párrafo, 530 y sgtes. del C.P.P.N.)”.

Y CONSIDERANDO:

Como en jurisprudencia consolidada lo ha sostenido la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el recurso extraordinario exige entre otros requisitos para su procedencia que la sustancia del planteo en que se funda implique el debate de una cuestión federal, lo que en la especie no ocurre (Fallos 306:136; 305:1694 y 147:371).

La parte recurrente ha basado su impugnación en la reedición de agravios que han tenido adecuada respuesta en esta instancia, consistente en meros juicios discrepantes con el criterio adoptado, lo que no implica de suyo acreditar relación directa e inmediata entre la materia del pleito y la cuestión federal que invoca (Fallos Fecha de firma: 26/11/2019 Alta en sistema: 27/11/2019 Firmado por: DIEGO G. BARROETAVEÑA, JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA #33408899#249405844#20191127111937214 C.F.C.P. - S. I FMP 8226/2017/1/CFC1 “S., M.G. s/recurso extraordinario”.

Cámara Federal de Casación Penal REGISTRO N°

295:335; 300:443; 302:561 y...

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