Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 2 de Noviembre de 2018, expediente FSM 092759/2017/1/CFC001

Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 FSM 92759/2017/1/CFC1 REGISTRO NRO. 1669/18.4 Buenos Aires, 2 de noviembre de 2018.

AUTOS Y VISTOS:

Para decidir acerca de la admisibilidad del recurso de casación interpuesto en autos, en la presente causa FSM 92759/2017/1/CFC1.

  1. Que el representante del Ministerio Público Fiscal, Dr. P.H.Q., interpuso recurso de casación (fs. 1/9) contra la decisión de la Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín que dispuso el sobreseimiento de G.J. y G.N.B. en orden al delito apropiación indebida de recursos de la seguridad social, períodos 2/2013, 6 al 11/2013, por aplicación retroactiva de la ley 27.430 (fs. 10).

  2. Que conforme surge a fs. 33 el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de Tres de Febrero, con fecha 21 de septiembre de 2018, declaró

    extinguida la acción penal contra quien en vida fuera G.J.B. y, en consecuencia, dictó su sobreseimiento en la causa principal FSM 92759/2017 (conf. art. 59 inc. 1º del C.P. Y art. 336 inc. 1º del C.P.P.N.).

    Y CONSIDERANDO:

  3. De manera preliminar corresponde recordar que el juicio sobre la admisibilidad formal del recurso en examen que efectuara el tribunal a quo es de carácter provisorio, ya que el juicio definitivo sobre dicho extremo corresponde a esta Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal (ad quem) y puede ser emitido Fecha de firma: 02/11/2018 Alta en sistema: 05/11/2018 Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 1 Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: S.M.M., Secretaria de Cámara #31534983#220444543#20181105093249821 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 FSM 92759/2017/1/CFC1 por esta alzada sin pronunciarse sobre el fondo, tanto antes como después de la audiencia para informar o en el mismo momento de dictar sentencia (cfr., en lo pertinente y aplicable, lo resuelto por esta S.I., por unanimidad, en la causa nro. 1178/2013, “A., M.J. s/ recurso de casación”, reg. nro. 641.14, rta. el 23/04/2014; causa CFP 1738/2000/TO1/2/CFC1, “B., S.M.; B., A.J. y Oficina Anticorrupción s/incidente de prescripción de acción penal”, reg. nro. 1312.14, rta. el 27/06/2014; causa FSA 74000069/2007/TO1/CFC1, “O.V., N.A. s/recurso de casación”, reg. nro.

    1111.15., rta. el 09/06/2015 y causa FSA 74000032/2012/TO1/12/1/CFC3 “Amante, M.E. s/recurso de casación”, reg. nro. 1128/16, rta. el 12/09/16, entre muchas...

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