Legajo Nº 1 - QUERELLANTE: ADMINISTRACIÒN FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS IMPUTADO: HEGOBURU, JOSE PEDRO Y OTROS s/LEGAJO DE CASACION

Fecha26 Junio 2018
Número de expedienteFMP 032005255/2007/2/1/CFC001
Número de registro206349739

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 FMP 32005255/2007/2/1/CFC1 REGISTRO N° 740/18.4 la ciudad de Buenos Aires, a los 26 días del mes de junio dos mil dieciocho, se reúne la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal integrada por el doctor M.H.B. como Presidente, y los doctores J.C.G. y G.M.H. como Vocales, asistidos por el secretario actuante, a los efectos de resolver el recurso de casación interpuesto a fs.

52/62 vta. de la presente causa FMP 32005255/2007/2/1/CFC1 del Registro de esta Sala, caratulada: “HEGOBURU, J.P. y otros s/ recurso de casación”; de la que RESULTA:

  1. Que la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires, en la causa FMP 32005255/2007/2/CA2 de su registro, por resolución de fecha 21 de junio de 2017, resolvió:

    …CONFIRMAR LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL POR PRESCRIPCIÓN en las presentes actuaciones y respecto de los sindicados en autos J.P.H., M.A.R. y A. delL.G. en orden al delito de evasión tributaria simple (art. 1Ley 24769) del Impuesto a las Ganancias por el período fiscal correspondiente al año 2004 por un importe de $1.314.605,60; en calidad de presidente, apoderado y director suplente de la firma “Insumos del Sur SA” respectivamente y en consecuencia DICTAR EL SOBRESEIMIENTO de los nombrados (art. 59 inc. 2, Fecha de firma: 26/06/2018 Alta en sistema: 28/06/2018 Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CÁMARA DE CASACIÓN Firmado por: J.C.G., JUEZ CAMARA CASACION Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: H.B., SECRETARIO DE CAMARA #30685741#206349739#20180628103540716 63, 67 del C.P. y 336 inc. 1ero del C.P.P.N.)”

    (conf. fs. 41/43 vta.).

    II. Que contra dicha resolución, los doctores J.A.V. y E.S., en representación de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), interpusieron recurso de casación a fs. 52/62 vta., el que fue concedido por el a quo a fs. 64/64 vta. y mantenido ante esta instancia a fs. 70/70 vta.

    III. Que la querella encauzó su recurso en ambos incisos previsto en el art. 456 del código de rito y efectuó una breve reseña de los antecedentes de la causa.

    Así, previo a ingresar al fondo de sus agravios realizó una “aclaración preliminar”.

    Allí, sostuvo que el caso de prescripción de la acción penal –nueve años- de acuerdo al encuadre propiciado por ella (art. 2º inciso “b” de la ley 24.769 en su redacción modificada por la ley 26.735) se agotó con fecha 2 de junio de 2017 a menos que hubiese sido anteriormente interrumpido por la comisión de otro delito por parte de los imputados.

    Entonces indicó que, la averiguación de ese extremo –comisión de otro delito- debería efectuarse necesariamente a través de la actualización de los últimos informes requeridos en la instancia anterior al Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal y, recién a partir de su resultado, esta parte querellante Fecha de firma: 26/06/2018 Alta en sistema: 28/06/2018 Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: MARIANO 2 H.B., JUEZ DE CÁMARA DE CASACIÓN Firmado por: J.C.G., JUEZ CAMARA CASACION Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: H.B., SECRETARIO DE CAMARA #30685741#206349739#20180628103540716 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 FMP 32005255/2007/2/1/CFC1 podría determinar si correspondía o no la interposición del presente recurso de casación.

    En efecto, entendieron que si se llegase a verificar la comisión de otro delito por parte de los imputados, resultaría viable la interposición del presente recurso de casación contra la sentencia dictada por cuanto la acción penal se encontraría vigente.

    Ahora bien, en cuanto a los agravios traídos a estudio a este tribunal, la querella sostuvo que la resolución atacada “…cometió un doble error de juzgamiento pues, por una parte, aplicó

    erróneamente una ley sustantiva (artículo 1º de la ley 24.769) y, simultáneamente, inobservó la aplicación de la ley sustantiva verdaderamente aplicable (artículo 2º inciso “b” de la ley 24.769)”.

    En este aspecto la querella reclamó que, en el pronunciamiento recurrido los magistrados de la Cámara Federal compartieron la calificación que le había asignado el magistrado de la instancia anterior al único hecho investigados (evasión simple), descartando de ese modo la calificación propiciada por la parte querellante (evasión agravada).

    En resumen, la parte recurrente consideró

    que “…el pronunciamiento en crisis confirmó un pronunciamiento donde se había omitido la evasión de las citas de una de las imputadas durante su declaración indagatoria (apartándose de lo dispuesto por el artículo 304 del Código Procesal Penal de la Fecha de firma: 26/06/2018 Alta en sistema: 28/06/2018 Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CÁMARA DE CASACIÓN Firmado por: J.C.G., JUEZ CAMARA CASACION Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: H.B., SECRETARIO DE CAMARA #30685741#206349739#20180628103540716 Nación), se había omitido profundizar la investigación respecto de un extremo que era fundamental para determinar la autoría y participación criminal de los imputados y se había omitido la recalificación de los hechos investigados como evasión agravada de acuerdo a las circunstancias acreditadas en los autos principales (interposición de persona), limitando de ese modo el ejercicio de nuestra potestad acusadora y dictando, en consecuencia, un pronunciamiento completamente desacertado (prescripción de la acción penal y sobreseimiento de los imputados) motivado por la errónea calificación de los hechos (evasión simple en lugar de evasión agravada por interposición de persona)” (conf. fs. 62).

    Para finalizar, solicitó que se revoque por contrario imperio el pronunciamiento recurrido, con costas, aplicándose la norma que se imputa inobservada y, en consecuencia, reencuadrando nuevamente el hecho como delito de evasión agravada por interposición de persona (artículo 2º inciso “b”

    de la ley 24.769 en su redacción modificada por la ley 26.735) y revocando los sobreseimientos decretados en la medida que no se encontraría agotado el nuevo plazo de prescripción de la acción penal.

    Hizo reserva de caso federal.

    IV. Que en la oportunidad que otorgan los arts. 465 y 466 del código adjetivo se presentó, a fs. 72/74, la doctora S.M., Defensora Pública Coadyuvante, por la defensa de J.P.F. de firma: 26/06/2018 Alta en sistema: 28/06/2018 Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: MARIANO 4 H.B., JUEZ DE CÁMARA DE CASACIÓN Firmado por: J.C.G., JUEZ CAMARA CASACION Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: H.B., SECRETARIO DE CAMARA #30685741#206349739#20180628103540716 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 FMP 32005255/2007/2/1/CFC1 Hegoburu y A. delL.G., y solicitó

    que se rechace el recurso de casación interpuesto por la AFIP.

    En la misma oportunidad, por la parte querellante se presentó el doctor J.A.V., quien reiteró su solicitud “…que previo continuar con la sustanciación de estos autos, se disponga el libramiento de un oficio judicial al Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal a efectos de actualizar los informes de antecedentes penales de los imputados J.P.H., M.A.R. y A. delL.G., suspendiendo mientras tanto la tramitación de estos...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex