Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2, 2 de Mayo de 2019, expediente CPE 001838/2016/1/CFC001

Fecha de Resolución 2 de Mayo de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2

Cámara Federal de Casación Penal Sala II Causa Nº CPE 1838/2016/1/CFC1 “Uber Argentina S.R.L. s/ recurso de casación”

Registro nro.:837/19 LEX nro.:CPE 001838/2016/1/CFC001 Buenos Aires, 2 de mayo de 2019.

VISTOS Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico confirmó la resolución del juez instructor que denegó la pretensión del Sindicato de Peones de Taxis de la Capital Federal, la Asociación Civil de Taxistas de la Capital, la Unión de Propietarios de Autos Taxis, la Unión de Propietarios y Mandatarios de Taxis de la República Argentina y/o la Sociedad Propietarios de Automóviles con Taxímetro Asociación Civil de constituirse en parte querellante en este proceso.

    Contra dicho pronunciamiento se dedujo recurso de casación (fs. 102/117), el que concedido (fs. 122 y vta.), fue mantenido a fs. 134.

  2. ) D. análisis realizado en razón de lo previsto por los artículos 444 y 465 del CPPN, surge la inadmisibilidad de la vía intentada, pues los recurrentes limitan la expresión de sus agravios a meros juicios discrepantes con el decisorio cuya impugnación se postula, todo lo cual no alcanza para desvirtuar el razonamiento que sobre el particular realizó la Cámara y cuyos fundamentos no logra rebatir.

    Asimismo, el pronunciamiento atacado ha sido dictado por la Cámara de Apelaciones en su carácter de órgano revisor de las resoluciones emanadas de los magistrados, es decir que en el caso existe doble conformidad judicial.

    Finalmente, no se ha argumentado adecuadamente la existencia de una cuestión federal, que habilite la Fecha de firma: 02/05/2019 Alta en sistema: 03/05/2019 Firmado por: A.E.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.J.Y., JUEZ DE CÁMARA 1 Firmado(ante mi) por...

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