Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS, 10 de Junio de 2019, expediente FPA 015137/2017/1/CA001

Fecha de Resolución10 de Junio de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 15137/2017/1/CA1 Paraná, 10 de junio de 2019.

Y VISTO, en Acuerdo de la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, integrada por el Dr. M.J.B., P.; D.. C.G.G., V. y la D.. B.E.A., Juez de Cámara, el Expte. Nº FPA 15137/2017/1/CA1, caratulado: “LEGAJO DE APELACIÓN DE N.N. EN AUTOS ´N.N. POR INFRACCIÓN LEY 22.415´”; proveniente del Juzgado Federal Nº1 de Paraná, y; DEL QUE RESULTA:

El Dr. M.J.B., dijo:

Que, vienen estos autos a consideración del Tribunal, en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Sr. Fiscal Federal interino, Dr.

C.G.E., a fs. 4/6 vta., contra la resolución obrante a fs. 1/3, que decreta la incompetencia material del Juzgado Federal N° 1 de Paraná para entender en las presentes actuaciones, ordenando su remisión a la Aduana local. El recurso es concedido a fs. 7.

En esta instancia, se celebra la audiencia preceptuada por el art. 454 del C.P.P.N. bajo la modalidad escrita –según Art. 53, 6to. párrafo, del Reglamento Interno de esta Cámara (Acordada 50/15), conforme modificación Acordada 30/18-, de la que da cuenta el conste actuarial de fs. 26, agregándose Fecha de firma: 10/06/2019 Alta en sistema: 12/06/2019 Firmado por: C.G.G., Juez de Cámara Firmado por: B.E.A., Juez de Cámara 1 Firmado por: M.J.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: H.R.F., Secretario de Cámara #33625876#236812789#20190610131546011 los memoriales del Sr. Fiscal General, Dr. R.C.M.Á. y del Sr. Defensor Público Coadyuvante, Dr. A.J.C. por la intervención acordada en esta instancia como defensor de C.L.E., quedando las presentes en estado de resolver.

Y CONSIDERANDO:

I- a) Que, el Sr. Fiscal General, realiza un breve relato de los hechos. Invoca instrucción proveniente de Resoluciones PGN 5/12 y 18/18; sostiene que es errónea la interpretación que hace el Sr. Juez Federal respecto de la nueva disposición legal, a la que considera además de compleja, de análisis integral y afirma que la modificación a la ley no implica un cambio en la estimación valorativa que hace el legislador del acontecimiento criminal, sino de un mero reajuste cambiario a los fines de resguardar el valor patrimonial de la moneda depreciada, conservando su actualidad.

Cita fallos de la Sala III de la CFCP, en los que se revocaron resoluciones similares a la que aquí se cuestiona.

Solicita se haga lugar al recurso impetrado, se revoque la decisión apelada, se retome la investigación correspondiente y hace reserva de recurrir en Casación.

Fecha de firma: 10/06/2019 Alta en sistema: 12/06/2019 Firmado por: C.G.G., Juez de Cámara Firmado por: B.E.A., Juez de Cámara 2 Firmado por: M.J.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: H.R.F., Secretario de Cámara #33625876#236812789#20190610131546011 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 15137/2017/1/CA1 b) Por su parte, el Dr. A.J.C., defensor oficial designado en esta instancia, replica los argumentos del recurrente y al efecto sostiene que la pretensión del Ministerio Público Fiscal genera un agravio irreparable para su pupilo, toda vez que vulnera principios constitucionales como el de legalidad, retroactividad de la ley más benigna y proporcionalidad.

Cita doctrina y jurisprudencia en apoyo de su postura y en resumen, solicita se confirme la resolución puesta en crisis.

II- Que, las presentes actuaciones tienen...

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