Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 7 de Diciembre de 2023, expediente FMZ 003394/2023/4/1/CFC001
Fecha de Resolución | 7 de Diciembre de 2023 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4
FMZ 3394/2023/4/1/CFC1-CA1
REGISTRO NRO. 1755/23.4
Buenos Aires, 7 de diciembre de 2023.
AUTOS Y VISTOS:
Se integra esta Sala IV por los doctores G.M.H.–.-, J.C. y Ma-
riano H.B., con el objeto de dictar sen-
tencia, en la presente causa FMZ 3394/2023/4/1/CFC1-
CA1 caratulada: “BUSTOS FRIGOLE, C.S. s/
Recurso de Casación”.
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Que la Sala A de la Cámara federal de Apelaciones de Mendoza, con fecha 12 de septiembre de 2023, en lo que aquí interesa, confirmó la reso-
lución del juzgado de primera instancia en cuanto no hizo lugar a la excarcelación solicitada por la de-
fensa de C.S.B.F..
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Que, contra dicha resolución, la defensa de C.S.B.F., interpuso recurso de casación, el que concedido por el tribunal a quo, motivó la intervención de esta Alzada.
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Que conforme surge del Sistema Informático de Gestión Judicial Lex 100, con fecha 27 de noviembre de 2023, el Juzgado Federal de San Rafael remitió a esta Sala, mediante oficio electrónico, la resolución del 23 de noviembre de 2023 de la Cámara Federal de Apelaciones Mendoza, en el marco del expediente FMZ 3394/2023/4/2/CA4, que Fecha de firma: 07/12/2023
Firmado por: C.J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION
Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION
Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION
Firmado por: M.F.O., SECRETARIO DE CAMARA
dispuso: “Hacer lugar al recurso de apelación deducido por la defensa de la encartada C.S.B.F.; 2°) Revocar la resolución del juez de grado y, en consecuencia, conceder la excarcelación, bajo las siguientes medidas asegurativas de conformidad a lo establecido por el art. 210 del C.P.P.F: a) mantener la caución ya dispuesta por el juez de la anterior instancia en la resolución de fecha 21/07/2023; b) la promesa de la imputada de someterse al proceso y de no obstaculizar la investigación; c) la obligación de presentarse periódicamente ante el juez o ante la autoridad que el designe, d) La prohibición de salir de la Provincia de Mendoza y del país sin previa autorización; y cualquier otra medida que el magistrado de grado interviniente estime necesario.”.
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Que en la teoría de los recursos es ineludible el principio que ordena que sean resueltos de conformidad con las circunstancias existentes al momento de su tratamiento, aunque sean ulteriores a su interposición (confrontar su aplicación en los Fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación: 285:353,...
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