Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 28 de Septiembre de 2022, expediente FLP 009404/2020/TO01/14/1/CFC004

Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3

Sala III

Causa Nº FLP

9404/2020/TO1/14/1/CFC4

GÓMEZ, S.A. s/recurso de casación

Cámara Federal de Casación Penal Registro nro.: 1325/22

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2022.

AUTOS Y VISTOS:

Para decidir acerca del recurso de casación interpuesto en la presente causa FLP 9404/2020/TO1/14/1/CFC4,

del registro de esta Sala III, caratulada: “GÓMEZ, S.A. s/recurso de casación”.

Y CONSIDERANDO:

El señor juez doctor E.R.R. dijo:

  1. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal n°2 de La Plata, con fecha 13 de julio del corriente año, resolvió: “I.

    RECHAZAR el recurso de apelación interpuesto por la Dra. G. en representación de S.A.G., por los fundamentos vertidos en los acápites que anteceden. II.

    CONFIRMAR la sanción impuesta a S.A.G.[z] con fecha 11 de mayo de 2022 en el expediente “EX.202220900612APNCPF1#SPF”.

  2. Contra dicha decisión, la defensa oficial a cargo de la doctora A.M.G., interpuso recurso de casación, el que fue concedido por el a quo.

    La recurrente encarriló sus agravios en ambas causales previstas en el art. 456 del Código Procesal Penal de la Nación.

    Afirmó que en el marco de la sanción impuesta a su asistido no existieron testigos civiles del procedimiento,

    Fecha de firma: 28/09/2022

    Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: J.C.G., JUEZ CAMARA DE CASACION

    Firmado por: P.A.I., SECRETARIO DE CAMARA 1

    Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    agraviándose de que únicamente prestó declaración una agente del Servicio Penitenciario; que la descripción del hecho atribuido fue deficiente e indeterminada y que la decisión atacada vulneró los principios de lesividad, debido proceso legal, defensa en juicio y proporcionalidad (art. 18 de la CN).

    En razón de ello y demás consideraciones expuestas en su presentación, solicitó se haga lugar al recurso y se deje sin efecto la sanción impuesta a G..

    Hizo reserva del caso federal.

  3. Que si bien las resoluciones que involucran la cuestión aquí planteada, resultan equiparables a sentencia definitiva, ya que pueden ocasionar un perjuicio de imposible reparación ulterior al afectar un derecho que exige tutela judicial inmediata (Fallos: 310:1835; 310:2245; 311:358;

    314:791; 316:1934, 328:1108, 329:679, entre otros), para posibilitar la jurisdicción de esta Alzada, debe encontrarse debidamente fundada una cuestión federal.

  4. Que en el sub judice, la defensa no ha logrado demostrar la existencia de un agravio federal debidamente fundado que permita hacer excepción a dicho principio general,

    toda vez que se ha limitado a invocar defectos de fundamentación en...

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