Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 12 de Noviembre de 2021, expediente FPO 003605/2021/1/CA001

Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE POSADAS

FPO 3605/2021/1/CA1

sadas, a los 12 días del mes de noviembre de 2021.

Y VISTOS: El presente expediente, registro N° FPO

3605/2021/1/CA1 Legajo de Apelación en autos “F., H.

por Infracción Ley 23.737”.

CONSIDERANDO: 1) Que arriban las presentes actuaciones

al conocimiento y decisión de este Tribunal con motivo del recurso de

apelación articulado a fs. 15/17 contra la decisión recaída a fs. 10 a

tenor de la cual la Sra. Magistrada de la anterior instancia dispuso el

procesamiento con prisión preventiva de H.F. por estimarlo

prima facie autor penalmente responsable del delito de Transporte de

Estupefacientes Agravado (art. 5 inc. “c” de la ley 23.737) en

concurso real con el delito de Resistencia a la Autoridad (art. 239

C.P.).

2) Que la motivación desarrollada por la defensa pública oficial

parte de señalar que se encuentran pendientes medidas probatorias

ordenadas por el a quo para esclarecer el hecho en estudio. Sostiene

que no es posible afirmar que la totalidad de la sustancia secuestrada

se trate de estupefaciente y que las declaraciones testimoniales de los

agentes actuantes resultan necesarias a fines de interpretar las

circunstancias que derivaron en la detención de su asistido.

Asimismo plantea que la situación se presenta como dudosa,

dado que los preventores se encontraban con visibilidad reducida por

el horario, la zona y a una distancia considerable cuando observaron a

través de una cámara térmica a los supuestos individuos parados al

borde de la ruta, sin especificar cuantos eran. En ese sentido,

cuestiona la calificación legal impuesta, entendiendo que se carece de

elementos contundentes para adoptar el temperamento cuestionado,

por lo que corresponde dictar el sobreseimiento o la falta de mérito de

su pupilo.

Fecha de firma: 12/11/2021

Alta en sistema: 15/11/2021

Firmado por: A.L.C. DE MENGONI, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: MARIO OSVALDO BOLDU, JUEZ DE CAMARA

Firmado(ante mi) por: M.M.R., SECRETARIA DE CÁMARA

Se agravia además respecto al procesamiento por resistencia a

la autoridad, indicando que al prestar declaración indagatoria, su

defendido explicó que en ningún momento intentó fugarse.

Por otra parte, cuestiona el embargo dispuesto, al que considera

confiscatorio, hace reserva del recurso de casación y del caso federal.

3) Que de conformidad a las constancias de fs. 20, fs. 21, fs. 22,

fs. 23, fs. 24/27 y fs. 28, el recurso de apelación ha sorteado el

examen de admisibilidad formal, fueron practicadas las notificaciones

de rigor y el interesado dio cumplimiento al término de audiencia

establecido por el art. 454 del C.P.P.N., todo lo cual habilita a este

Tribunal a emitir pronunciamiento.

4) Que conforme acta de procedimiento Nº 163/2021 (contenida

en el Sumario de Prevención Nº 68/2021 de fs. 1/50) las presentes

actuaciones tuvieron inicio el día 10/09/21 a las 01:50 horas

aproximadamente, en circunstancias en que personal de la Prefectura

de Zona Paraná se encontraba desarrollando funciones que le son

propias desde un lugar estratégico con la utilización de cámara

térmica.

En dicho contexto observaron que al costado de la Ruta

Nacional Nº 12 en jurisdicción de la localidad de Candelaria

(Misiones), cerca del acceso a C.C., varias personas cargaban

bultos en un automotor que se hallaba estacionado a la vera de la ruta.

Lo que generó las sospechas del personal de prevención y motivó que

se dirigiera hacia dicho lugar en vehículo no identificable con

chalecos identificatorios de la P.N.A., donde ya próximo al lugar

indicado se visualizó el vehículo sospechoso.

En tales condiciones, se impartió la voz de alto en nombre de la

fuerza de seguridad, la cual no fue acatada y se produjo la huida de

varias personas del lugar que no pudieron ser aprehendidas.

Entretanto, uno de ellos a bordo del automotor en cuestión, se dirigió

a gran velocidad con dirección a la ciudad de Posadas por la Ruta

Fecha de firma: 12/11/2021

Alta en sistema: 15/11/2021

Firmado por: A.L.C. DE MENGONI, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: MARIO OSVALDO BOLDU, JUEZ DE CAMARA

Firmado(ante mi) por: M.M.R., SECRETARIA DE CÁMARA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE POSADAS

FPO 3605/2021/1/CA1

Nacional Nº 12.

En virtud de ello, se realizó un seguimiento y al llegar a la

altura de la concesionaria M.B. con la intersección de la

calle Los Helechos del Municipio de Garupá...

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