Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 10 de Noviembre de 2020, expediente FBB 093001103/2011/TO01/78/1/CFC033

Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3

Sala III

Causa Nº FBB

Cámara Federal de Casación Penal 93001103/2011/TO1/78/1/CFC33

De León, E. s/recurso de casación

Registro nro.:

la Ciudad de Buenos Aires, a los 10 días del mes de noviembre de dos mil veinte se reúnen los miembros de la Sala Tercera de la Cámara Federal de Casación Penal, doctores E.R.R., L.E.C. y J.C.G., bajo la presidencia del primero de los nombrados,

asistidos por la Secretaria actuante, con el objeto de dictar sentencia enla causa nº 93001103/2011/TO1/78/1/CFC33 del registro de esta Sala, caratulada “De León, E. s/ recurso de casación”. Representa al Ministerio Público el señor F. General, doctor R.O.P.; en tanto que ejercen la asistencia técnica del encausado, los doctores C.M.I. y G.I..

Efectuado el sorteo para que los señores jueces emitan su voto, resultó que debía observarse el siguiente orden: E.R.R., J.C.G. y L.E.C..

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

El señor juez doctor E.R.R. dijo:

PRIMERO
  1. - Llega la causa a conocimiento de esta Alzada a raíz del recurso de casación interpuesto por la defensa de E. De León a fs. 20/23 vta., contra el pronunciamiento emitido por el Tribunal Oral Federal de Bahía Blanca que no Fecha de firma: 10/11/2020

    Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: L.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: J.C.G., JUEZ CAMARA DE CASACION 1

    Firmado(ante mi) por: L.D.P.R., SECRETARIA DE CAMARA

    hizo lugar al pedido de suspensión del juicio por incapacidad sobreviniente de E. De León (fs. 13/19).

  2. - El a quo concedió el recurso a fs. 24/26.

  3. - La asistencia técnica planteó en su impugnación que los estudios periciales encomendados al Cuerpo Médico Forense de la CSJN fueron contundentes en determinar que E. De León no se encuentra apto para enfrentar un proceso penal.

    Agregó que frente a los dictámenes psiquiátrico y psicológico que advirtieron la incapacidad de su defendido,

    …los sentenciantes echaron mano a estudios complementarios,

    especialmente el del Dr. Brague, especialista en neurología,

    de donde han extraído aunque forzadamente, presuntos indicios de normalidad

    .

    Explicó que De León fue examinado en forma conjunta por los médicos forenses designados D.. C.P. -médico clínico- y E.M. -médico psiquiatra-, como así

    también por la psicóloga forense A.A., solicitándose como estudios complementarios un informe cardiovascular y otro neurológico.

    Al respecto, destacó que dichos informes complementarios fueron evaluados por los forenses oficiales y tenidos en cuenta al redactar su informe final, siendo que los especialistas auxiliares, es decir, el cardiólogo y el neurólogo, no son forenses.

    Profundizó sobre el punto, indicando que llama la atención que el tribunal se hubiera inclinado por el Fecha de firma: 10/11/2020

    Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: L.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: J.C.G., JUEZ CAMARA DE CASACION 2

    Firmado(ante mi) por: L.D.P.R., SECRETARIA DE CAMARA

    Sala III

    Causa Nº FBB

    Cámara Federal de Casación Penal 93001103/2011/TO1/78/1/CFC33

    De León, E. s/recurso de casación

    pronunciamiento auxiliar de un neurólogo, cuyo dictamen se apoya en un test elementalísimo y meramente orientativo como lo es el MMT.

    Resaltó que las fallas amnésicas constatadas en el informe del psiquiatra forense Dr. Mamone, con el aval de los demás colegiados de parte, han sido calificadas como significativas, señalándose además que la memoria más afectada no es la próxima sino la remota. Destacó la importancia de este aspecto ignorado por el a quo, “por cuanto un deterioro en la memoria remota o retrógrada, vaya si afecta la defensa en juicio, mucho más aún si estamos hablando de hechos ocurridos hace más de 42 años”.

    Explicó por último que cuando los expertos aluden a la incapacidad para estar en juicio y citan el juicio oral, lo están haciendo en sentido amplio. De adverso, habría distintos estadios del proceso en los que la exigencia de capacidad tendría que variar, pero “No es lo mismo una incapacidad para prestar declaración indagatoria? No es lo mismo una incapacidad para seguir el trámite recursivo en la Cámara de Casación Penal o Cámara Federal de Apelaciones? No es lo mismo una incapacidad en el momento de desarrollarse los alegatos o para plantear recurso de casación?...”.

  4. - Radicadas las actuaciones en esta sede, se cumplió con las previsiones del artículo 465 bis del Código Procesal Penal de la Nación en función del 454 y 455 ibídem (texto según ley 26.374), oportunidad en la que la asistencia Fecha de firma: 10/11/2020

    Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: L.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: J.C.G., JUEZ CAMARA DE CASACION 3

    Firmado(ante mi) por: L.D.P.R., SECRETARIA DE CAMARA

    técnica presentó breves notas, manteniendo y profundizando los agravios traídos en la impugnación.

    Así, la causa quedó en condiciones de ser resuelta.

SEGUNDO
  1. I. al análisis de la cuestión traída a estudio, conceptuamos oportuno recordar en primer término los argumentos por los cuales el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca no hizo lugar a la solicitud de incapacidad sobreviniente formulada por la defensa de E. De León.

    Tras citar los distintos estudios recabados en el legajo, se señaló que “de los informes periciales detallados se desprende que el encausado conserva su capacidad para recordar distintas vivencias pues detalló correctamente sus datos personales, composición familiar y precisamente los antecedentes médicos. En todo momento colaboró en la entrevista desarrollada por los profesionales del Cuerpo Médico Forense lo que permitió arribar a distintas conclusiones médicas, neurológicas, psicológicas y psiquiátricas”.

    Especificó el tribunal que si bien la pericia psiquiátrica encontró signos de deterioro y capacidad judicativa debilitada, “los profesionales no especificaron el método o procedimiento que utilizaron para...

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