Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 3, 16 de Julio de 2020, expediente FSM 064697/2017/5/1/CA004

Fecha de Resolución16 de Julio de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 3

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3

Causa N° 64697/2017/5/1/CA4 (9448), C.: “Legajo Nº 1

- IMPUTADO: BUSCARINI, N.A. (PTE.

SOFIVO SA) s/LEGAJO DE APELACION”, del Juzgado Federal de Mercedes.

Registro de Cámara: 9499

M., de julio de 2020.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento del tribunal, con motivo del recurso de apelación interpuesto por la defensa de N.A.B., contra la resolución que rechaza las nulidades formuladas por la asistencia técnica.

  2. La defensa planteó la nulidad del decreto por el que se estimó completa la instrucción y dispuso la vista al Ministerio Público F. en los términos del artículo 346 del C.P.P.N.

    Sostuvo, que la vista en cuestión es prematura conforme a las irregularidades detectadas en la causa que vician de inhabilidad tal paso procesal.

    Argumentó, que la nulidad impetrada tiene su apoyo en que la Excma. Cámara Federal de Casación Penal nulificó sólo y exclusivamente la sentencia de esta Cámara, lo cual no implica ni conlleva la nulidad del auto que diera origen a ello, al no haberse hecho explícita referencia a tal extensión.

    Agregó, que debido a ello no puede soslayarse, como lo ha realizado el juzgador, que el código adjetivo prescribe que sólo son nulos los actos consecutivos al declararlos como tal, pero no los anteriores o contemporáneos, salvo que así lo hubiere decidido el tribunal, circunstancia que, en su opinión,

    -1-

    Fecha de firma: 16/07/2020

    Alta en sistema: 20/07/2020

    Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.A.L., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3

    Causa N° 64697/2017/5/1/CA4 (9448), C.: “Legajo Nº 1

    - IMPUTADO: BUSCARINI, N.A. (PTE.

    SOFIVO SA) s/LEGAJO DE APELACION”, del Juzgado Federal de Mercedes.

    Registro de Cámara: 9499

    no ocurrió en el caso en análisis.

    Refirió, entonces que la S. III de la Excma. Cámara Federal de Casación Penal no extendió la nulidad de la sentencia de esta Cámara al auto de revocación del procesamiento que por contrario imperio oportunamente fuera dictado por S.S y al no haber de su parte rectificado ni recurrido la revocación del procesamiento en cuestión, no hay duda que debe sustanciarse el destino del mismo y volver, en su caso, a dictarse el procesamiento de su defendido, conforme la doctrina del Art. 172

    del C.P.P.N, Art. 8 de la CADH y 18 de la C.N.

    Finalmente, criticó la doctrina del “númerus clausus”

    y sostuvo que no resiste un mínimo análisis constitucional. Así,

    expuso que cuando un acto viola una norma procesal generando una situación de exorbitancia funcional, nos encontramos frente a un quebrantamiento de la regla de legalidad (Arts. 18 y 19 de la CN), que veda la realización de actos del Estado que no estén expresamente fundados en ley o bien que vedan la posibilidad de cercenar derechos subjetivos.

  3. Se ha de recordar que este sumario tuvo su origen en la denuncia efectuada por S.E. de Marco,

    en su carácter de Jefe interino de la Sección Penal Tributaria de la Dirección Regional Mercedes de la AFIP-DGI contra N.A.B. en su carácter de Presidente de la firma -2-

    Fecha de firma: 16/07/2020

    Alta en sistema: 20/07/2020

    Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.A.L., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3

    Causa N° 64697/2017/5/1/CA4 (9448), C.: “Legajo Nº 1

    - IMPUTADO: BUSCARINI, N.A. (PTE.

    SOFIVO SA) s/LEGAJO DE APELACION”, del Juzgado Federal de Mercedes.

    Registro de Cámara: 9499

    SOFIVO S.A., a raíz de la detección de la existencia de transacciones que fueron omitidas en su registro interno y,

    consecuentemente, en las declaraciones juradas del impuesto al valor agregado presentadas...

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