Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 16 de Mayo de 2018, expediente FLP 002311/2016/TO01/45/1

Fecha de Resolución16 de Mayo de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 FLP 2311/2016/TO1/45/1 REGISTRO NRO. 527/18.4 Buenos Aires, 16 de mayo de 2018.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa FLP 2311/2016/TO1/45/1/CFC2 acerca de la admisibilidad del recurso extraordinario federal presentado a fs. 38/46 por la Defensa Pública Oficial asistiendo a I.A.L. contra la resolución dictada por esta Sala IV obrante a fs. 33/34 vta. (Reg. N.. 88/18.4), en cuanto resolvió: “

  1. DECLARAR INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto a fs. 7/25 vta. por la Defensa Pública Oficial, asistiendo a I.A.L.; sin costas (arts. 444, segundo párrafo, 454, 465 bis, 530 y 531 in fine del C.P.P.N.)”. Ello, en virtud de las previsiones contenidas en los arts. 14 de la ley 48, 6 de la ley 4055 y 257 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Y CONSIDERANDO:

Como reiteradamente lo ha sostenido la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el recurso extraordinario exige entre otros requisitos para su procedencia, que la sustancia del planteo en que se funda implique el debate de una cuestión federal, lo que en la especie no ocurre.

Tampoco cabe hacer la excepción de la doctrina de la arbitrariedad de sentencia, por cuanto, en atención al carácter restrictivo de la admisión de dicha doctrina, para que prospere la impugnación con ese respaldo es menester que se demuestren defectos graves en la decisión recurrida que la descalifiquen como acto jurisdiccional válido, lo cual la defensa no ha conseguido acreditar en autos.

Por ello, de conformidad con lo dictaminado por el Ministerio Público Fiscal a fs. 48/48 vta., el recurso intentado no puede prosperar.

Por lo expuesto, el tribunal RESUELVE:

Fecha de firma: 16/05/2018 Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: S.M.M., Prosecretaria de Cámara #31157001#206158176#20180516142857508 DECLARAR INADMISIBLE el recurso extraordinario federal...

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