Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 10 de Abril de 2018, expediente FMZ 013018138/2012/TO01/1/CFC001

Fecha de Resolución10 de Abril de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1

CFCP - Sala I FMZ 13018138/2012/TO1/1/CFC1 Cámara Federal de Casación Penal REGISTRO N° 214/18 la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina, a los 10 días del mes de abril del año dos mil dieciocho, se reúne la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por el doctor E.R.R. como P. y las doctoras Liliana E.

Catucci y A.M.F. como Vocales, a los efectos de resolver el recurso de casación interpuesto por la Defensa Oficial en esta causa nº FMZ 13018138/2012/TO1/1/CFC1, caratulada: “A., G. s/infracción Ley 26.364”, de cuyas constancias RESULTA:

  1. ) Que, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de Mendoza resolvió condenar a G.S.A.A. a la pena de ocho años de prisión como autor penalmente responsable de los delitos de trata de personas y abuso sexual agravado por el uso de arma, previstos por los artículos 145 bis –redacción según Ley 26.364– y 119, párrafo 4º, inciso “d”, del Código Penal, en concurso real -artículo 55 del código citado- (fs. 634/638 vta.; 639; y 696/708 vta. de los autos principales).

  2. ) Contra dicha sentencia, el Sr. Defensor Oficial ad hoc, Dr. J.I.P.C., interpuso recurso de casación (fs. 749/771), que fue concedido a fs.

    778/778 vta., y mantenido en esta instancia a fs. 57 del presente legajo.

  3. ) Que durante el trámite previsto en los arts.

    465 - cuarto párrafo - y 466 del Código Procesal Penal de la Nación, se presentó el Sr. Fiscal General ante esta Cámara, Dr. J.A. De Luca, quien solicitó el Fecha de firma: 10/04/2018 1 Alta en sistema: 11/04/2018 Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: L.E.C., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA #29634233#202626699#20180411140417812 rechazo del recurso (fs. 61/63 vta.).

    Por su parte, a fs. 64/68 se presentó el Sr.

    Defensor Público Oficial ante esta Cámara, Dr. G.L., quien requirió que se hiciese lugar al recurso presentado.

  4. ) Cumplidas las previsiones del art. 468 del Código Procesal Penal de la Nación, de lo que se dejó

    debida constancia en autos (fs. 71), las actuaciones quedaron en condiciones de ser resueltas.

  5. ) Efectuado el sorteo de ley para que los señores jueces emitan su voto, resultó el siguiente orden sucesivo de votación: doctores A.M.F., L.E.C. y E.R.R..

    La señora jueza doctora A.M.F. dijo:

    I I.1) En el requerimiento de elevación a juicio, y conforme se reseña en la sentencia recurrida, se imputó a G.A. haber captado mediante violencia física y amenazas a M.N.M., con fines de explotación sexual y laboral.

    Al respecto, en la acusación fiscal sobre la que se sustentó el debate se indica que la víctima había sido secuestrada y mantenida cautiva por un lapso de veinte días en el local denominado “El Gauchito Gil” – sito en la localidad de General Güemes, provincia de Salta -, propiedad de la madre del encartado, donde funcionaba un prostíbulo. Durante ese lapso, no le fue permitido comunicarse con nadie, pero – en un descuido de la madre de A. –M.N.M. logró escapar y regresar a su hogar junto a su progenitora.

    La acusación relata que, transcurrido un breve período, y en ocasión en que la víctima salía de una dependencia judicial del fuero de familia, fue abordada 2 Fecha de firma: 10/04/2018 Alta en sistema: 11/04/2018 Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: L.E.C., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA #29634233#202626699#20180411140417812 CFCP - Sala I FMZ 13018138/2012/TO1/1/CFC1 Cámara Federal de Casación Penal súbitamente por A., quien “la ingresó violentamente” a un vehículo y la trasladó nuevamente al prostíbulo antes mencionado, “adoptando medidas mucho más rigorosas y sometiéndola a amenazas constantes de dañar a su familia”.

    El requerimiento indica que en este segundo encierro, M.N.M. fue sometida a explotación sexual, “sin recibir dinero alguno”, situación que se extendió durante una semana y media aproximadamente, “debiendo atender a unos diez hombres por día”.

    Luego de ello, A. trasladó a M.N.M. a la provincia de Mendoza, en ómnibus. Al arribar a destino, donde los aguardaba “una camioneta”, fueron llevados a un hospedaje, en el que estuvieron un día, y luego a una finca ubicada en la localidad de La Pega, donde A. “la llevó

    a trabajar la tierra, mientras él hablaba por celular, hasta que el encargado de la explotación advirtió esta situación, y los dejaron sin trabajo”. Durante la estadía de ambos en la finca – según la acusación -, A. abusó

    sexualmente de M.N.M. en reiteradas ocasiones, accediéndola carnalmente. En tales ataques, sometía a su víctima amenazándola con un cuchillo.

    Finalmente, en ocasión de un nuevo traslado de la víctima por parte de su captor, y estando ambos ya en la estación de ómnibus, M.N.M. logró zafar de la custodia de A., refugiándose en un baño de la terminal, donde fue socorrida por la fuerza pública, que procedió asimismo a detener al encartado.

    I.2) Una vez iniciado el debate, el imputado A. hizo uso de su derecho a declarar, y afirmó “que todo era mentira”, y que la imputación en su contra era Fecha de firma: 10/04/2018 3 Alta en sistema: 11/04/2018 Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: L.E.C., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA #29634233#202626699#20180411140417812 producto del “despecho”, pues él se había separado de la madre de M.N.M. “en el 2004”, y refirió que conoce a la víctima “de toda la vida”, y que “siempre se prostituía en la calle”. Relató que nunca convivió con la madre de M.N.M., porque tenía marido, que tuvo tres hijos con ella, y que la relación duró seis años.

    A preguntas de la fiscalía, explicó que en julio de 2012, M.N.M. le pidió su número de teléfono “y empieza a mandarle mensajes y le pregunta si quería andar con ella”, y a partir de tal circunstancia “comienza una relación con ella”. Refirió que M.N.M. se quedaba algunos días con él en Salta, y luego iba unos días a su casa en San Pedro, provincia de Jujuy. Señaló que “no sabe qué

    hacía ella, sólo sabe que ella se prostituía en Salta”, y negó que en el bar “G.G.”, propiedad de su madre, se ejerciese la prostitución. Adujo que ambos viajaron a M. “para que (M.N.M.) no siguiera trabajando de prostituta y (pudiera) escaparse de su pareja”, que “era policía y la había amenazado de muerte”.

    Expresó que al llegar a dicha provincia, se alojaron por tres días “en el H.D.R.”, hasta que apareció su jefe, llamado “V.”, quien “me preguntó si me animaba a trabajar en verduras a lo que le contesté que sí”, por lo que se instaló junto a M.N.M. en la finca en la que irían a llevar a cabo dicha tarea y, según refiere, “donde no hubo explotación laboral como dice ella porque él trabajaba con ella y eso no es explotación”. Continuó relatando que en la finca “no estuvieron ni dos semanas”, porque él tuvo un altercado con el encargado por la paga, que consideraba escasa, por lo que decidieron irse.

    Dijo que con M.N.M. “se llevaban bien hasta que vio un mensaje de una chica del norte que salía conmigo y 4 Fecha de firma: 10/04/2018 Alta en sistema: 11/04/2018 Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: L.E.C., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA #29634233#202626699#20180411140417812 CFCP - Sala I FMZ 13018138/2012/TO1/1/CFC1 Cámara Federal de Casación Penal ahí quiso que cambiara el chip del teléfono y me alejara de sus cinco hijos que tiene en el norte, y por eso le dijo que estaba embarazada, pero al final ella nunca estuvo embarazada”. A nuevas preguntas de la fiscalía, refirió que M.N.M. tenía celular, y que se comunicaba con su familia, pero “ella no quería que su madre supiera que estaba con él y había mentido diciendo que se había ido a la casa de su padre en Jujuy y era mentira y los hijos de ella estaban con el ex marido de ella y que no sabe si se comunicaba con ellos”.

    Refirió que luego de irse de la finca mencionada había conseguido trabajo para los dos en otro lugar, en Tupungato, y que se dirigieron a la terminal para tomar el ómnibus con ese destino y allí M.N.M. comenzó a recriminarlo “por la otra chica”, por lo que él le dijo “que se fuera si quería”, y en ese momento ella fue al baño “y mientras esperaba apareció la policía preguntando si podían averiguar los antecedentes y lo llevaron al destacamento y fue recién allí que le dijeron que su mujer lo había denunciado”.

    I.3.) La recepción de prueba en el debate comenzó

    con la declaración de M.N.M., la que se llevó a cabo a través del sistema de video conferencia “con el Tribunal Oral de Jujuy (…) a través de la implementación del sistema de audio y video de ‘Cámara Gesell´ y con la asistencia del P.P.V. perteneciente a la Oficina de Asistencia a la Víctima de Delitos de San Salvador de Jujuy”.

    La nombrada refirió que antes de los hechos aquí

    juzgados vivía con su madre y hermanos en un asentamiento Fecha de firma: 10/04/2018 5 Alta en sistema: 11/04/2018 Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: L.E.C., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA #29634233#202626699#20180411140417812 de S.P., J., y que conoció al encausado “cuando su mamá desapareció de su casa, y una...

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