Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 - SECRETARIA EJECUCION PENAL, 9 de Abril de 2018, expediente FCB 091007723/2013/TO01/1

Fecha de Resolución 9 de Abril de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación Córdoba, 9 de abril de 2018.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados “V.M.E. s/Legajo de Ejecución”, (Expte. Nº FCB91007723/2013/TO1/1), venidos a Despacho de este Tribunal frente a la solicitud efectuada por la defensa a fs. 894 sobre el Régimen de Salidas Transitorias que goza su representado V.; Y CONSIDERANDO:

  1. El señor defensor Público Oficial solicita que en el marco del art. 126 del C.P.P.N., este Tribunal proceda a rectificar lo resuelto con fecha 19 de marzo de 2018, mediante auto interlocutorio Nº 32/2018, por cuanto a su criterio, no advierte el fundamento de la mantención en el nivel de confianza, en la frecuencia y en el horario de USO OFICIAL permanencia de las salidas transitorias otorgadas a su asistido.

    Por su parte el señor F. entiende que no corresponde hacer lugar a lo solicitado por cuanto la acción intentada no tiende a la modificación de lo decidido sino a la corrección de aspectos que no son sustanciales y pueden subsanarse sin ser una modificación esencial de la decisión (fs. 899).

  2. Al respecto corresponde señalar que el auto interlocutorio en crisis destacó que con fecha 19 de septiembre de 2017 mediante Resolución Nº 439/2017, este tribunal ordenó un nuevo régimen de salidas transitorias familiares en favor de M.E.V. consistente en salidas de doce (12) horas, cada veintiún (21) días, en el domicilio sito en Manzana “C”, Lote 5 –Defensa esquina P.-B.V.L., bajo tuición familiar y hasta tanto se designe un familiar a cargo de la misma, V. debía cumplir el régimen con custodia de personal del Servicio Penitenciario (fs. 687), de lo que se infiere que V. cumpliría el régimen con custodia penitenciaria. Acto seguido y compartiendo la propuesta del Director del E.P. Nº

    4 Colonia Penal Monte Cristo e informes técnico-

    criminológico, este Tribunal con fecha 19 de marzo del Fecha de firma: 09/04/2018 Firmado por: J.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: B.O., SECRETARIA DE EJECUCION PENAL #21030958#202802862#20180409084711215 Poder Judicial de la Nación corriente año dispone mantener el Régimen de Salidas Transitorias Familiares que actualmente cumplimenta, bajo las mismas modalidades, pero esta vez sería bajo tuición de la madre de V., señora A.M.G., D.N.

  3. 12.614.551, y de su tío, señor Marcelino Jesús Brizuela D.N.

  4. 11.194.451 (fs. 870/vta.).

    Es decir, si la defensa no compartía el fundamento allí sentado, debió recurrir en los términos del art. 456 del C.P.P.N., ya que su pedido de...

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