Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 - SECRETARIA EJECUCION PENAL, 13 de Octubre de 2017, expediente FCB 091007723/2013/TO01/1

Fecha de Resolución13 de Octubre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación Córdoba, 13 de octubre de dos mil diecisiete.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “V.M.E.S./

Legajo Ejecución” (Expte. FCB91007723/2013/1); Y CONSIDERANDO:

  1. Que con fecha 19 de septiembre del presente año, mediante A.

  2. Nº 438/2017 (Protocolo Interno), este Tribunal ordenó que lo abonado a M.E.V. en concepto de “pago estímulo” en el período que va desde el 1/4/2016 al 1/9/2016, se adecúe a lo previsto como remuneración (art. 120 de la ley 24.660), depositando la diferencia entre el haber debido y el efectivamente percibido, siendo esa su única ocupación (art. 111 de la ley 24.660); declaró la inconstitucionalidad parcial del art. 15, Anexo V, decreto Reglamentario 344/08, en tanto prevé el pago estímulo en violación a las pautas ordenadas por los arts. 120 y 111 de la ley 24600, y de las Disposiciones internas 276 y 1110, en USO OFICIAL tanto crean categorías laborales dentro del Pago Estímulo, todo ello en violación al principio de legalidad de raigambre constitucional, conforme a los fundamentos expuestos en los considerandos; y la inconstitucionalidad del art. 121 inc.

    c

    de la ley 24.660, conforme a los fundamentos expuestos en los considerandos, dejando sin efecto los descuentos que a ese título se hayan efectuado a M.E.V. por el tiempo trabajado desde el 1/9/2016 a la fecha y se le restituya lo deducido ilegítimamente (fs. 682/686)..

  3. Que con fecha 6 de octubre del corriente año, comparece el Dr. P.J.M.R. en su carácter de Procurador del Tesoro de la provincia de Córdoba, con el patrocinio del Dr. D.S.B. y solicita participación en el legajo de ejecución e insta la nulidad absoluta de la Resolución Nº 438/2017. Se funda en que el tribunal no ha dado intervención al Poder Ejecutivo Nacional ni al Gobierno de la Provincia de Córdoba, quienes a través del Servicio Penitenciario Provincial debían efectivizar la resolución del Tribunal. Que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, mediante resolución Nº

    209/2013, fijó un monto único e integral a reconocer por alojamiento y atención integral de los internos federales en establecimientos penitenciarios provinciales mientras que las Fecha de firma: 13/10/2017 Firmado por: J.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: B.O., Secretaria de Ejecución Penal #21030958#190945218#20171012130302456 Poder Judicial de la Nación sumas mensuales que resulten del trabajo remunerado lo afrontará la Nación, por lo que entiende que el fallo dictado inaudita parte...

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