Sentencia de CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - SALA 5, 7 de Septiembre de 2017, expediente CCC 045848/2017/1/1

Fecha de Resolución 7 de Septiembre de 2017
EmisorCAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - SALA 5

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - SALA 5 CCC 45848/2017/1/1 “T.M.Á. s/ recurso de casación” J:43 (AR/33)

TA: se deja constancia que en el día de la fecha accedí al sistema informático Lex 100, advirtiendo que la decisión de esta sala dictada el 23 de agosto del corriente año, fue notificada a la defensora oficial el mismo día mediante cédula electrónica. Buenos Aires, 6 de septiembre de 2017.-

A.F.R.S. letrada de la C.S.J.N Buenos Aires, 7 de septiembre de 2017.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Interviene la sala para resolver sobre la procedencia del recurso de casación planteado por el Defensor Oficial, Dr. E.A.A., contra el auto dictado por esta sala, el 23 de agosto pasado (cuya fotocopia simple obra a fs. 3/4 de este incidente), por el que se confirmó, con el voto de la mayoría, la denegatoria de la excarcelación de su defendido M.Á.T..

La vía ha sido planteada en tiempo, forma y por quien tiene derecho a hacerlo (artículo 463 del código adjetivo); además, ha sido promovida contra una resolución que tiene entidad de causar un perjuicio de imposible reparación ulterior, en consideración a que se encuentra vinculada con el instituto de la libertad, que le ha sido denegado al imputado.

En razón de ello, la concederemos.

Por ello, el tribunal

RESUELVE:

Conceder el recurso de casación interpuesto por la defensa de M.A.T. contra la decisión de esta sala de fs. 3/4 de este legajo, por la que se confirmó la resolución de la instancia de origen que no hizo lugar a su excarcelación.

Emplazar a la parte en términos del artículo 464 del Código Procesal Penal...

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