Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A, 14 de Octubre de 2016, expediente CPE 1034/2013/1
Fecha de Resolución | 14 de Octubre de 2016 |
Emisor | CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A |
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A CPE 1034/2013/1/CA1 Registro Interno N° 542/2016 LEGAJO DE APELACIÓN DE O., M.;O., M.Á.;Q., P.R. EN AUTOS: “O., M.;O., M.Á.;Q., P. R. S/ INFRACCIÓN AL ART.
302 DEL CÓDIGO PENAL”.
CPE 1034/2013/1/CA1; N° de Orden 30.315 – Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 1, Secretaría N° 2 – Sala “A”.
MCC (mr)
Buenos Aires, 14 de octubre de 2016.
VISTOS:
Los recursos de apelación interpuestos por el defensor oficial de P.R.Q. y el abogado defensor de M.O. y M. Á. O. contra la resolución que dispuso el procesamiento de sus asistidos.
Los escritos presentados por los apelantes en oportunidad de la audiencia fijada a los fines del artículo 454 del Código Procesal Penal de la Nación.
Y CONSIDERANDO:
Que lo resuelto se funda en la estimación de que M.O. y P. R.
Q. libraron los cheques de pago diferido Nos. 48854215 y 48854555 respectivamente, de la cuenta corriente Nro. 244-002320/9 del B. C.
C. L., sucursal puente de la mujer, abierta a nombre de “C.R.S.A.”
en la cual estaban autorizadas; y que M. Á. O. puso en circulación aquellos cheques y solicitó a un empleado del comercio –S.O.B.
sobreseído en esta causa- que realice la denuncia de extravío y posterior orden de no pagar de los mencionados documentos.
Que, en oportunidad de comparecer ante el juez P.R.Q. se negó
a declarar, pero aportó un escrito contando con asistencia letrada en el que manifestó que M. Á. O. le solicitó realizar una gestión bancaria a fin de que ella pudiese firmar los cheques que él le pidiera, y que manifestó ser el encargado de la administración y mantenimiento de los aspectos bancarios y de todo lo demás relativo al restaurant denominado “soy el único culpable”. Asimismo refrió que fueron Fecha de firma: 14/10/2016 Firmado por: J.C.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: N.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.M.N., SECRETARIA DE CAMARA #28737220#164435202#20161014132515499 esporádicas las ocasiones en que O. le solicitó que firme cheques los cuales usualmente estaban completos y únicamente tenía que firmarlos sin serle informado a quién se dirigían o cuándo serían entregados. También señaló que el encargado del local le recomendó
que deje de firmar cheques para O., porque él mismo había tenido problemas por ello y que desde aquel momento al constatar que aparecía como morosa en el Veraz se negó a seguir firmando cheques (confr. fs. 330/332 y 333/337 del...
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