Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA, 28 de Marzo de 2014, expediente FRE 022000513/2013/1

Fecha de Resolución28 de Marzo de 2014
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciónes de Resistencia -Chaco- Secretaría Penal N° 1 sistencia, a los veinticinco días del mes de marzo del año dos mil catorce VISTO:

El expediente registro de Cámara N° FRE 22000513/2013/1 caratulado: RUIZ, DANTE ARIEL por INFRACCION LEY 23.737 (ART. 5, INC. C)

– ATENTADO CONTRA LA AUTORIDAD, que en grado de apelación proviene del Juzgado Federal Nº 1 de la ciudad de Formosa; y, CONSIDERANDO:

  1. Que vienen estos autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido contra el auto interlocutorio N° 624/13, de fecha 30 de septiembre de 2013 (fs. 266/275), en virtud del cual se dispuso: DICTAR AUTO DE PROCESAMIENTO con PRISION PREVENTIVA contra A.D.R. en orden al delito de Transporte de Estupefacientes, en carácter de autor (art. 5, inc. c), Ley 23.737).

    Que a estos fines el a quo tuvo por acreditado que “el día 23 de junio de 2013, en oportunidad que personal del GOIP del Escuadrón 19 Ingeniero Juárez de Gendarmería Nacional efectuaba un control físico y documentológico de vehículos y personas sobre la ruta provincial Nº 39, intersección Paraje El Rosillo, arribó al mismo un vehículo tipo camioneta al cual se le indicaron las señalizaciones para que aminore y detenga su marcha, momento en que uno de los pasajeros (a la sazón: A.D.R.)… se dio a la fuga en forma abrupta. Y que efectuado el registro sobre el rodado que era conducido por un menor de edad… se incautaron de una bolsa tipo arpillera ubicada en el asiento de atrás CUARENTA Y CUATRO KILOS CON CUATROCIENTOS CUARENTA GRAMOS (44,440 KGS.) DE MARIHUANA”.

  2. Que contra dicha resolución a fs. 278/280 su abogado defensor, Dr. G.B.L., dedujo el recurso de mención negando “la participación material de su defendido en el hecho aquí investigado… toda vez que la juez a quo ha ponderado como prueba de cargo medios probatorios inoperantes para tenerlo por partícipe a quien se introduce al escenario criminoso por indicios inhábiles que impiden darle relevancia como elemento de cargo en contra de R.”

    (textual).

    Así igual, se agravia por la prisión preventiva y el embargo dispuesto en el entendimiento que los mismos “no son viables ante la ausencia de elementos objetivos y directos de acuerdo a lo señalado precedentemente”.

    Concedida la impugnación, a fs. 305 el F. General S., Dr. C.M.A., hace saber que no adhiere a la misma.

    Finalmente, a fs. 309/12 el abogado defensor en la instancia, Dr.

    A.E.N., sustituye con oportuno memorial potestativo el debido Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciónes de Resistencia -Chaco- Secretaría Penal N° 1 informe de ley reafirmando en lo sustancial los extremos de agravio inicialmente introducidos por su predecesor asistencial.

    Asimismo, se agravia por los “fundamentos insuficientes” para la procedencia de la prisión preventiva y...

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