Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala 1, 9 de Septiembre de 2014, expediente FBB 003295/2014/TO01/1/CFC001

Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2014
EmisorSala 1

Camara Federal de Casación Penal Cámara Federal de Casación Penal -

Sala I - 3295 Legajo Nº 1 - IMPUTADO: LEMOS, C.R. Y OTRO s/LEGAJO DE CASACION Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: LEMOS, C.R. Y OTRO s/EVASION SIMPLE Buenos Aires, 9 de septiembre de 2014.-

AUTOS Y VISTOS:

  1. ) Que con fecha 27 de marzo de 2014 el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca resolvió

    sobreseer en forma parcial a C.R.L. y a M.L.L. de M. en orden a la evasión del impuesto al Valor Agregado por los períodos fiscales 2000/2001 ($288.871,16) y 2002/2003 (267.482, 92), impuesto a las Ganancias por los períodos fiscales 2001 ($245.027, 01) y 2002 ($150.020,33) e impuesto a las salidas no documentadas año 2001 ($157.743,11), por no alcanzar el mínimo punitivo legal por aplicación de ley penal más benigna (art. 1 de la ley 26.375 y art. 2 del C.P.); y continuar el trámite de la causa por evasión del impuesto al Valor Agregado por el período fiscal de marzo 2001 a febrero 2002 ($406.663,21) e insolvencia fiscal fraudulenta por los que también fueron imputados los nombrados (arts. 1 y 10 de la ley 24.769).

  2. ) Que contra dicha decisión interpusieron recurso de casación la señora F. General (fs. 106/111), el que fue concedido a fs. 112/113, y la defensa particular de C.L. y M.L.L., doctor Mariano G.

    Segre (fs. 125/131), el que fue concedido a fs. 132/133.

    Y CONSIDERANDO:

    Los señores jueces doctores A.M.F. y L.M.C. dijeron:

    1. Que respecto al recurso de casación interpuesto por la señora F. General, entendemos que la resolución recurrida, se ajusta a lo resuelto por esta S. in re “M., H. y otros s/ recurso de queja” (causa nº

      16.739, reg. nº 20.526, del 11/12/2012) y que fue reiterada más recientemente in re: “Aberasturi, G. s/ recurso de casación” (causa nº 16.746, reg. nº 20.727, del 13/3/2013); “Ronzano, M. y otro s/ recurso de casación” (causa nº

      16.351, reg. nº 20.728, del 13/3/2013); “Berroni, J.P. s/ recurso de casación” (causa nº 16.615, reg. nº 20.730, del 13/3/2013); “B., M.J. s/ recurso de casación”

      (causa nº 17.001, reg. nº 20.732, del 13/3/2013); entre muchos otros, en los que se fijó que la ley 26.735, que Fecha de firma: 09/09/2014 Firmado por: A.M.F., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: L.M.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 1 Firmado(ante mi) por: J.R.D.A., SECRETARIO DE CAMARA introdujo modificaciones a los montos mínimos previstos en la ley 24.769, constituye ley más benigna que debe ser...

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