Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA PENAL, 11 de Noviembre de 2019, expediente FRO 071318/2018/1/CA001

Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA PENAL

1 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO – SALA B P/Int. Rosario, 11 de noviembre de 2019.

Visto, en Acuerdo de la S. “B” integrada, el expediente n° FRO 71318/2018/1/CA1 caratulado “FRAM, S.B. s/ Evasión Agravada Tributaria” (del Juzgado Federal N° 2 de San Nicolás), del que resulta que:

Vienen los autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido por el F. Federal, Dr. M.F.D.L. (fs. 29/31 vta.) contra la resolución del 14 de marzo de 2019, mediante la cual el juez a quo dictó el sobreseimiento de S.B.F. por los hechos calificados como evasión penal tributaria del Impuesto al Valor Agregado del ejercicio fiscal 2015 y 2016, en los términos del art. 2 del C.P., art. 1º del Título IX de la ley 27.430 y art.

336, inc. 3º del C.P.P.N. (fs. 25/27).

Radicados en esta S. “B” (fs. 48), se designó audiencia oral para informar, se puso en conocimiento de las partes la opción por la modalidad escrita establecida en la Acordada Nº 161/16 (fs. 51), el F. General mantuvo el recurso interpuesto (fs. 49). Se llevó a cabo la audiencia del artículo 454, se agregó el memorial presentado por el F. General en dos (2) fojas (fs. 52/53 vta.), y quedó la presente causa en condiciones de ser resuelta (fs. 54).

La Dra. V. dijo:

  1. ) El F. Federal señaló que atento la Resolución PGN 18/18 del 21/02/2018 emitida por el Procurador General de la Nación, en la cual asume la interpretación señalada por la PGN 05/12 del 08/03/2012, le causa agravio la interpretación efectuada sobre el principio de la aplicación retroactiva de la ley penal más benigna.

    Se agravió de la aplicación retroactiva de la ley penal más benigna -de la ley 27.430-, por entender que en el presente caso no corresponde dado que la modificación introducida a los montos establecidos originalmente por la ley 24.769, en el nuevo Régimen Penal Tributario, no expresa un cambio en la valoración social de la clase de delito que se imputa, sino que su objetivo fue el de mantener un tratamiento igualitario a través del tiempo entre maniobras de valor económico equivalente en un contexto en el que la moneda en la que fue Fecha de firma: 11/11/2019 Alta en sistema: 12/11/2019 Firmado por: J.G.T., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.V.V., SECRETARIA DE CAMARA #33553342#249389004#20191111110535324 expresado ese valor se ha depreciado.

    En tal sentido, destacó que al sancionarse una nueva ley cuya aplicación retroactiva podría beneficiar al imputado de un delito, la aplicación del principio exige evaluar si la nueva ley es la expresión de un cambio en la valoración de la clase de delito que se imputa. Así, al aumentar los montos mínimos de la Ley Penal Tributaria, el Congreso no pretendió expresar un cambio en la valoración social de los comportamientos que justificó la adopción de la ley 24.769, sino que su objetivo en este aspecto de la reforma fue corregir los efectos de la depreciación de la moneda nacional en la que fueron expresados los montos mínimos, a fin de mantener en los hechos una política criminal en línea con aquella valoración original.

    Citó el fallo del 27/06/2018 de la S.I.II de la Cámara Federal de Casación Penal en autos “G., C.A. y otros s/ recurso de casación”, el que consideró aplicable al caso.

    Así, entendió que la interpretación de la ley 27.430 efectuada por el a quo resulta errónea y afecta el ejercicio de la acción penal.

  2. ) Cuestión análoga a la aquí ventilada fue resuelta por la suscripta en su voto en Acuerdo del 26/12/2018 en Expte. expediente n° FRO 12754/2014/CA2 de entrada caratulado “Legajo de Apelación en NESAL S.A. -

    VILLARREAL, I.V.V., P.; POMBO, M.E.; BALLESTER, V.; PASERO, F.C. s/ Evasión Simple Tributaria”

    entre otros, en los que dejó sentado que el 27/12/17 se sancionó la Ley 27.430 que derogó la número...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR