Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A, 13 de Noviembre de 2017, expediente CPE 001056/2015/1/CA002

Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2017
EmisorCAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A

Poder Judicial de la Nación CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A CPE 1056/2015/1/CA2 Registro Interno N° 734/2017 LEGAJO DE APELACIÓN DE A.C.S.A.; S.H.L.;

I.M.E. Y OTROS EN AUTOS: “A. C. S.A. S/ MEDIDAS PRECAUTORIAS”

CPE 1056/2015/1/CA2, Orden N° 31.157, Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 5, Secretaría N° 10, SALA “A”.

CV (JJA)

Buenos Aires, 13 de noviembre de 2017.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por H.L.S., M.E.I., C. H.

R. y F.J.S. contra la resolución del juez que no hizo lugar al pedido de levantamiento de las medidas cautelares ordenadas a su respecto y en relación a A.C.S.A., a pedido del Banco Central de la República Argentina.

El memorial de expresión de agravios presentado por los apelantes en sustento del recurso.

Lo manifestado por el representante del Ministerio Público Fiscal en oportunidad de contestar los agravios de los apelantes.

El silencio guardado por la representante del Banco Central de la República Argentina en respuesta al traslado del memorial de agravios.

Y CONSIDERANDO:

Que la resolución apelada se funda en que el plazo del artículo 5° de la ley 26.854 no es aplicable a las medidas precautorias adoptadas en este caso. Entendió el juez que esa disposición se refiere únicamente a las medidas que afectan al Estado.

Que los apelantes se agravian del desconocimiento del juez del criterio establecido por este tribunal en relación a la vigencia de las medidas cautelares solicitadas por el Banco Central en otras actuaciones seguidas contra la firma A. C. S.A.

Que asiste razón a los apelantes en que como se ha señalado en precedentes de este tribunal, la norma legal en cuestión indica expresamente su aplicación tanto a las medidas cautelares contra el Estado como a aquellas solicitadas por entes del Estado (conf. CPE Fecha de firma: 13/11/2017 Alta en sistema: 23/11/2017 Firmado por: J.C.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.S.H., JUEZ DE CAMARA...

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