Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 29 de Marzo de 2019, expediente CPE 000120/2018/1/CFC001

Fecha de Resolución29 de Marzo de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 CPE 120/2018/1/CFC1 REGISTRO NRO. 500/19.4 Buenos Aires, 29 de marzo de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para decidir acerca de la admisibilidad del recurso de casación interpuesto a fs. 78/83 vta. por el Ministerio Público Fiscal en la presente causa CPE 120/2018/1/CFC1. 1 Que el representante del Ministerio Público Fiscal, doctor G.P.B., interpuso el mencionado recurso contra la decisión de la Sala “A” de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico de la ciudad de Buenos Aires, que confirmó la decisión mediante la cual el juez de grado sobreseyó parcialmente a D.Í.G. y a la firma Fusión Operaciones Especiales S.A., respecto de la supuesta apropiación indebida de los recursos de la seguridad social correspondiente a los períodos fiscales 12/2011 a 2/2012, 4/2012, 5/2012 y 9/2012 a 1/2013, por aplicación retroactiva de la ley 27.430 (fs. 66/72 vta.).

Y CONSIDERANDO:

  1. De manera preliminar corresponde recordar que el juicio sobre la admisibilidad formal del recurso en examen que efectuara el tribunal a quo es de carácter provisorio, ya que el juicio definitivo sobre dicho extremo corresponde a esta Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal (ad quem) y puede ser emitido por esta alzada sin pronunciarse sobre el fondo (cfr., en lo pertinente y aplicable, lo resuelto por esta S.I., por unanimidad, en la causa nro. 1178/2013, “A., Fecha de firma: 29/03/2019 Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: S.M.M., Secretaria de Cámara #32625961#230357046#20190329143556656 M.J. s/ recurso de casación”, reg. nro. 641/14, rta. el 23/04/2014; causa CFP 1738/2000/TO1/2/CFC1, “B., S.M.; B., A.J. y Oficina Anticorrupción s/incidente de prescripción de acción penal”, reg. nro. 1312/14, rta. el 27/06/2014; causa FSA 74000069/2007/TO1/CFC1, “O.V., N.A. s/recurso de casación”, reg. nro. 1111/15., rta.

    el 09/06/2015 y causa FSA 74000032/2012/TO1/12/1/CFC3 “Amante, M.E. s/recurso de casación”, reg.

    nro. 1128/16, rta. el 12/09/16, entre muchas otras).

  2. Sentado cuanto precede, si bien el recurso de casación en estudio ha sido interpuesto contra una resolución de carácter definitivo (art. 457 del C.P.P.N.), la impugnación deducida se ha limitado a cuestionar una fundamentación que no comparte sin lograr controvertir adecuadamente el criterio esgrimido en el fallo impugnado, el cual siguió la línea jurisprudencial trazada...

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