Legajo de Ej.de Leguizamon Jorge Leandro

Fecha de disposición11 Enero 2007
Fecha de publicación11 Enero 2007
SecciónSegunda Sección - Sociedades
Número de Gaceta31071

Segunda Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.071 15Jueves 11 de enero de 2007

  1. Edictos Judiciales 3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.

CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS NUEVAS TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL CORRIENTES EDICTO: Por disposición de S.Sa, la señora Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, doctora LUCRECIA M. ROJAS de BADARÓ, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial por el término de cinco (5) días, lo dispuesto en la sentencia de fecha 02 de agosto de 2006 en la causa caratulada: 'Legajo de Ejecución de LEGUIZAMON JORGE LEANDRO', Legajo Nº 268/06 respecto a JORGE LEANDRO LEGUIZAMON, alias 'Conejo', de nacionalidad argentino, Documento Nacional de Identidad Nº 24.270.389, casado, nacido el 21 de noviembre de 1974 Capital Federal (Buenos Aires), de ocupación plomero; la que dispone: 'Nº 19. SENTENCIA. CORRIENTES, 02 de agosto de 2006.Y VISTOS: Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedente; SE RESUELVE: 1º) CONDENAR a JORGE LEANDRO LEGUIZAMON,

D.N.I. Nº 24.270.389, ya filiado en autos, a la pena de cuatro (4) años de prisión, y multa de pesos doscientos veinticinco ($ 225,00), la que deberá hacerse efectiva dentro del término de treinta (30) días de quedar firme la presente, como autor penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes, previsto y reprimido por el art. 5 inc. c) de la ley 23.737, más accesorias y costas legales (arts. 12, 40 y 41 del Código penal, y art.

5º) REGISTRAR, agregar el original al expediente, copia testimoniada al Protocolo respectivo, cursar las demás comunicaciones correspondientes y oportunamente archivar.- Fdo.: Dra. LUCRECIA M. ROJAS de BADARO - Juez de Cámara. Dr. VICENTE CONSTANCIO ESPOSITO Juez de Cámara. Dr. VICTOR ANTONIO ALONSO - Juez de Cámara. Ante mí: Dra. SUSANA BEATRIZ CAMPOS - Secretaria - Tribunal Oral en lo Criminal Federal - Corrientes'.

Nº 19 SENTENCIA CORRIENTES, 02 de agosto de 2006.

Y VISTOS: Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedente; SE RESUELVE: 1º) CONDENAR a JORGE LEANDRO LEGUIZAMÓN,

D.N.I. Nº 24.270.389, ya filiado en autos, a la pena de cuatro (4) años de prisión, y multa de pesos doscientos veinticinco ($ 225,00), la que deberá hacerse efectiva dentro del término de treinta (30) días de quedar firme la presente, como autor penalmente responsable, del delito de transporte de estupefacientes, previsto y reprimido por el art. 5, inc. c) de la Ley 23.737, más accesorias y costas legales (arts. 12, 40...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR