Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA EJECUCION PENAL, 9 de Mayo de 2019, expediente FPA 009441/2015/TO01/6

Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ

raná, de mayo de 2019.-

Y VISTO:

El presente legajo de ejecución NºFPA 9441/2015/TO1/6 caratulado B.N.A. POR INFRACCIÓN LEY 23.737, venido a consideración a fin de resolver sobre la incorporación al régimen de salidas transitorias socio familiares y, CONSIDERANDO: I.- Que a fs. 197/199, se dispuso por resolución de fecha 31/10/2018 (Reg. al L.R.J.E.T.I., F° 230, Año 2018) “ I.- RECHAZAR la incorporación del condenado N.A.B. al Régimen de Salidas Transitorias en función de lo dispuesto por al art. 17 inc. 4º) de la Ley 24.660. II.- REQUERIR a la División tratamiento reevalúe la incorporación al Instituto de Salidas Transitorias una vez transcurrido un tiempo de espera, el termino establecido por el art. 39 del Decreto Reglamentario Nº369/99….”. II.- Recibida nuevas actuaciones remitidas por la Unidad Penal Nº2 a fs.

262/277 respecto de la solicitud del condenado al régimen de salidas transitorias; el informe técnico criminológico a fs. 272/274 relata que se arribó a una clasificación criminológica desfavorable respecto del nuevo pedido, refiriendo que: “… ha logrado comprender la dimensión y la gravedad del hecho, pero siempre desde su propia panorámica, su propia óptica, representando el su propia ley. De algún modo apunta a perfeccionar sus conductas delictivas. No logra subjetivar el delito en particular que motiva la causa, como así tampoco la dimensión de la transgresión… a nivel familiar y vincular se ha desarmado su vínculo de pareja,… Continúa participando del espacio terapéutico, asistiendo con regularidad, cargado el mismo de un discurso vacío. Entendemos que concurre como modo un modo de hacer lo correcto. Dado lo expresado, consideramos que no estaría en condiciones de acceder a lo peticionado, siendo posible reincidir en conductas transgresoras”. (fs. 273 vta.)

Por otra parte el Consejo Correccional a fs. 275 y vta. en el Informe Seguridad Interna, describe que el condenado “Posee una causa abierta caratulada “I.J.R. y otros s/infracción Ley Nº23.737 a cargo del Fecha de firma: 09/05/2019 Firmado por: R.L.A. , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: F.A.M., SECRETARIO DE JUZGADO #30420551#233691988#20190508091742697 Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº2 de San Isidro, Secretaría Nº6 a cargo del Dr. M.P.”.

Que dicho informe acompaña además la opinión emitida por los profesionales del Equipo Técnico, y concluye: “… de manera DESFAVORABLE, no habiendo en el...

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