Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA ROSA - EJECUCION PENAL, 9 de Abril de 2019, expediente FBB 001078/2017/TO01/3

Fecha de Resolución 9 de Abril de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA ROSA - EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación ta Rosa, 9 de abril de 2019.

VISTO:

El presente Legajo de Ejecución formado en favor de P.D.G., bajo el registro FBB 1078/2017/TO1/3, con motivo de los pedidos de reducción de plazos para el avance en las distintas fases y períodos de la progresividad del sistema penitenciario agregados a fojas 129 y 131, y; CONSIDERANDO:

  1. Pedido inicial.

    El pasado 7 de enero, ante los pedidos formulados por el propio interno P.D.G., el Consejo Correccional de la Colonia Penal de Santa Rosa (U.4), remitió a esta Sede:

    1. certificado emitido el día 6 de diciembre de 2018 por el C.P.F.P. Nº 15, afirmando que el interno aprobó la Capacitación Laboral denominada “Panadería Dulce”, con una duración de noventa y seis (96) horas reloj (obrante a foja 129 vta.); b. constancia emitida el día 7 de diciembre de 2018 [toda vez que aunque se haya consignado 2017, de su contenido se Fecha de firma: 09/04/2019 Firmado por: P.R.D.L., Juez de Ejecución Penal 1 Firmado(ante mi) por: J.I.R.B., S. #30324045#231545433#20190409122714932 Poder Judicial de la Nación desprende que el año de su expedición ha sido el 2018] por la Escuela de Adultos Nº 15, referente a que el interno cursó y aprobó seis espacios curriculares correspondientes al Secundario Ciclo Básico (obrante a foja 131 vta.).

    Luego, la División Educación de la Colonia Penal de Santa Rosa – Unidad Nº 4, del Servicio Penitenciario Federal, informó los días 14 y 21 de diciembre de 2018, que en esa Unidad el interno fue inscripto en el Ciclo Básico del Nivel Secundario y sugirió que se aplique en favor el imputado el estímulo educativo previsto en el artículo 140 [de la Ley 24.660, texto conforme Ley 26.695], reduciéndole un (1) mes por el curso de formación profesional y un (1)

    mes por el Ciclo Básico I de nivel secundario.

  2. Dictamen de la Defensa Pública.

    El Defensor Público Coadyuvante, L.R., acompañó el pedido de su asistido P.D.G., pero solicitó que el plazo de reducción por la capacitación denominada “Panadería Dulce”, lo sea de dos (2) meses, en atención a lo dispuesto por el inciso b) del artículo 140 de la Ley 24.660, y coincidió con la reducción Fecha de firma: 09/04/2019 Firmado por: P.R.D.L., Juez de Ejecución Penal 2 Firmado(ante mi) por: J.I.R.B., S. #30324045#231545433#20190409122714932 Poder Judicial de la Nación de un (1) por el Ciclo Básico del Nivel Secundario (ciclo lectivo anual).

    Disintió de la conclusión del Consejo Correccional (agregada a partir del acta de fojas 130 vta.)

    y requirió la aplicación de los estímulos del modo por él propuestos, afirmando que ello importaría un trato igualitario a otros internos también representados por ese Ministerio.

  3. Dictamen del F. General.

    El F. General S., R.J.P., mediante el dictamen agregado a fojas 135/6, acordó

    con la pretensión de la Defensa, al entender que correspondía una reducción de dos meses por el curso de Formación Profesional y un mes por el ciclo lectivo anual, de conformidad a lo normado por los incisos b) y a) del artículo 140 de la Ley 24.660, respectivamente.

  4. Motivos y fundamentos de la decisión judicial.

    Que la reseña efectuada comprende a toda la documentación que ha sido remitida a esta sede por parte de la autoridades penitenciarias, en el caso por la División Fecha de firma: 09/04/2019 Firmado por: P.R.D.L., Juez de Ejecución Penal 3 Firmado(ante mi) por: J.I.R.B., S. #30324045#231545433#20190409122714932 Poder Judicial de la Nación Educación y el Consejo Correccional de la Colonia Penal de Santa Rosa – Unidad Nº 4, del Servicio Penitenciario Federal, lugar de alojamiento donde se encontraba (y se encuentra) el interno al momento de realizar sus estudios, sin advertir necesario recabar mayor información para resolver el planteo efectuado.

    En efecto, de la documentación agregada a fojas 130 vta. y 131 vta. se desprenden las constancias mínimas e imprescindibles de los dos estudios que pretenden ser reconocidos como estímulos educativos, sin que se justifique la rectificación del certificado emitido por la escuela de adultos, toda vez que de su cuerpo se desprende el ciclo lectivo 2018, evidenciando la imposibilidad de...

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