Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN LUIS - SECRETARIA EJECUCION PENAL, 14 de Febrero de 2019, expediente FMZ 001515/2013/TO01/27
Fecha de Resolución | 14 de Febrero de 2019 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN LUIS - SECRETARIA EJECUCION PENAL |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN LUIS FMZ 1515/2013/TO1/27 San Luis, 13 de febrero de 2019.
VISTO:
El presente Legajo de Ejecución de LANZA, E., nº FMZ
1515/2013/YO1/27 traído a despacho para resolver solicitud de libertad
condicional; Y CONSIDERANDO:
-
Que, mediante la presentación de fs. 520, la Defensora Oficial doctora
-
pone en conocimiento el inicio del trámite de libertad condicional
a favor de su representada, por ante el Servicio Penitenciario Provincial.
Que a fs. 528/543 se encuentran incorporados los informes efectuados por
las distintas áreas del Servicio Penitenciario Provincial, culminando con la
resolución de la Dirección de la Unidad 4, en que la señora Directora, Adjutor
Principal Mara Viviana Indauro, en virtud de los sugerido en el acta nº 009 del
Consejo Correccional, propone no emitir opinión al respecto en razón de que la
encartada se encontraba usufructuando el beneficio de prisión domiciliaria, lo cual
impidió realizar evaluación intramuros de la misma.
A fs. 552/553, se expide la representante del Ministerio Público Fiscal,
efectuando una breve reseña sobre el curso del proceso, concluyendo con opinión
favorable a la concesión del beneficio de libertad condicional.
-
-
Se tiene en primer lugar que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de
San Luis, con fecha 09 de mayo de 2017, mediante Sentencia 529 resolvió
condenar a E. a cumplir la pena de seis (06) años de prisión, y
multa de pesos tres mil ($ 3.000,00) y costas.
Fecha de firma: 14/02/2019 Firmado por: R.A.F., JUEZ DE EJECUCION Firmado(ante mi) por: M.E.S., SECRETARIA SUPLENTE #30046929#226581370#20190212174137823 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN LUIS FMZ 1515/2013/TO1/27 Que, del cómputo del vencimiento de la pena impuesta a Lanza, obrante en
el Considerando Sexto de la sentencia mencionada (fs. 3706/3716 del expediente
principal), surge que la nombrada cumple los dos tercios de la condena el día 14
de febrero de 2019.
De esta manera, J., a esa fecha, cumple con el requisito
temporal exigido por el art. 13 del Código Penal.
Además, la encartada se encuentra usufructuando el régimen de prisión
domiciliaria sin que se hubiere registrado hasta la actualidad ningún informe
negativo.
Se tienen en cuenta también los informes de supervisión efectuados por el
IPReS, los que fueron cada vez más favorables, expresando que ha mejorado su
calidad de vida, poniendo de manifiesto su evolución e interés por su reinserción
soc...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba