Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA - SECRETARIA, 9 de Mayo de 2019, expediente FBB 091001084/2011/TO01/2

Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL CHICLANA Nº402 – BAHIA BLANCA 0291 – 4522988 / 4534128 / 4557331 FBB 91001084/2011/TO1/2 ta Rosa, de mayo de 2019.-

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en el presente incidente Nº FBB 91001084/2011/TO1/2 caratulado: "INCIDENTE DE CONDENA DE FORTETE, M.E. EN AUTOS: FORTETE, M.E.S. LEY 23.737 (ART. 5 INC. C.), del registro del Tribunal Oral Federal y; CONSIDERANDO:

Que a fs. 587 la interna M.E.F., actualmente alojada en el Instituto Correccional de Mujeres U. 13 de S.R., solicita se le conceda la libertad condicional, prevista por el art. 13 del Código Penal.

Que, de conformidad con lo establecido por el art. 506 del C.P.P.N., se recabaron los respectivos informes carcelarios verificándose que registra una calificación de conducta ejemplar (diez) y concepto general muy bueno (7), transitando actualmente el período de prueba.

Que del acta del Consejo Correccional (fs. 589/592), previo análisis de los antecedentes criminológicos y de personalidad, señala que si bien la interna en cuestión ha demostrado una adecuación a las normas de convivencia cumpliendo los reglamentos carcelarios, no reuniría el requisito temporal dispuesto por el código penal, ya que si bien se le hizo lugar en varias oportunidades a la reducción de los plazos requeridos para avanzar en las distintas fases y períodos de la progresividad del régimen penitenciario en virtud de la aplicación del instituto de estímulo educativo, no habría sido modificado el computo de pena por lo que se resuelve por unanimidad no propiciar el otorgamiento del instituto.

Que del informe social se desprende que la interna usufructúa el beneficio en el domicilio de calle Diagonal San Martín Nº 647, departamento Nº 3 de la ciudad de Necochea, siendo la referente designada la señora A.L.M. hija de la causante y constituyendo el domicilio en cuestión el mismo en que efectúa los egresos transitorios, por lo que se Fecha de firma: 09/05/2019 Firmado por: M.J.A. , Juez de Ejecución Penal Firmado(ante mi) por: I.R.B., secretario de camara #28961172#233950074#20190509131650912 concluye que cuenta con un domicilio y una referente dispuesta a recibirla, contando con una red socio-afectiva de contención que le brindaría acompañamiento en su incorporación al medio libre y le permitiría la materialización de un proyecto de vida diferenciado.

Que, los informes de la secciones educación, trabajo y seguridad interna son contestes en destacar el buen...

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