Legajo de Ejecución Nº 2 - IMPUTADO: OLIVA JOSE DANIEL s/SECUESTRO EXTORSIVO
Fecha de Resolución | 11 de Junio de 2018 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 4 |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 4 FSM/2469/2006/TO1/2 Martín, 11 de junio de 2018.- MEG AUTOS Y VISTOS:
Para resolver en el presente incidente, sobre la aplicación del estímulo educativo en favor de J.D.O., en el marco de la causa n° FSM 2469/2006/TO1/2 (número interno 1764; L.E. 472), del registro de la Secretaría de Ejecución de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 4 de S.M..
RESULTA:
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Que con fecha 20 de julio de 2007, este Tribunal Oral resolvió “CONDENAR a J.D.O., a la PENA DE DOCE AÑOS DE PRISIÓN accesorias legales y costas, por ser coautor de privación ilegal de la libertad reiterada –dos víctimas-
agravada por haber sido cometida con violencia y amenazas, en concurso material, con secuestro extorsivo agravado por haberse logrado el propósito del rescate, en concurso real a su vez con tenencia simple de arma de guerra (arts. 45, 55, 142 inc. 1°, 170 y 189 bis, inciso 2°, 2° del Código Penal)”.
[fs. 1/3]
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Que conforme surge del nuevo cómputo la pena de prisión impuesta al nombrado vencerá el día 01 de mayo de 2019 y caducará a todos los efectos registrales el 01 de mayo de 2029 (fs. 688).
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Que a fs. 835/843 del presente legajo fueron recibidos los informes remitidos por la unidad de detención de J.D.O..
Fecha de firma: 11/06/2018 Alta en sistema: 15/06/2018 Firmado por: ALEJANDRO DE KORVEZ, JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: P.S.V., SECRETARIO AD HOC #26928144#208372576#20180614113224755 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 4 FSM/2469/2006/TO1/2 Del acta n° 516/17 confeccionada por el Consejo Correccional de la Prisión Regional del Sur (U9) se desprende que el interno durante los años 2009 y 2010 cursó el 1er y 2do año del nivel medio en el C.E.N.S. n° 452 de Ezeiza; asistió al “Curso de Periodismo” en el año 2004, conforme el certificado emitido por la Secretaría de Extensión Universitaria de la U.B.A.; en el segundo cuatrimestre del año 2004 realizó el Módulo 1 del “Taller de Informática” de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales; de junio a noviembre del año 2006 y durante el ciclo lectivo del año 2017, asistió al “Taller de Teatro” en la Escuela Especial para Adulto “General San Martín” y por último, realizó el curso de “Instalación de Electricidad Domiciliaria” dictado por la Fundación UOCRA, en el año 2004.
En consecuencia, el consejo correccional propició la reducción de dos meses en los plazos temporales requeridos para el avance en el régimen penitenciario, por los ciclos lectivos del año 2009 y 2010.
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Que puesta en conocimiento la defensa del encartado de lo manifestado por el Consejo Correccional, la misma no se expidió al respecto (fs. 844).
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Que corrida la vista al Señor Fiscal General, doctor C.C., consideró que corresponde reducirle dos meses por los ciclos Fecha de firma: 11/06/2018 Alta en sistema: 15/06/2018 Firmado por: ALEJANDRO DE KORVEZ, JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: P.S.V., SECRETARIO AD HOC #26928144#208372576#20180614113224755 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 4 FSM/2469/2006/TO1/2 lectivos cursados y aprobados durante los años 2009 y 2010, en virtud de lo establecido en el art. 140 inciso “a” de la ley...
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