Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 14 de Mayo de 2018, expediente FSA 009343/2016/TO01/2

Fecha de Resolución14 de Mayo de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA N° 1 EJECUCIÓN DE SENTENCIA TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE SALTA EJECUCIÓN DE SENTENCIA PROTOCOLIZADO LIBRO Nº ....................ES REGISTRO Nº………………………

FOJAS……….…………………FECHA………………....……….

SECRETARIO Salta, de mayo de 2018. CC AUTOS Y VISTO: este Expediente 9343/ 2016 “Legajo de Ejecución Nº 2 IMPUTADO:

MELGAR, CAROLINA s/INFRACCION LEY 23.737”, de EJECUCIÓN DE

SENTENCIA DEL TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE SALTA” y, CONSIDERANDO:

Que C. M., fue condenada por el Tribunal Oral en lo Criminal

Federal de Salta en el Expediente FSA 9343/2016/TO1 (originado en el Juzgado Federal

de Salta N° 2), en fecha 20 de julio del año 2.017; a la pena de CUATRO (4) AÑOS de

prisión, inhabilitación absoluta por el término de la condena (multa de pesos doscientos

cincuenta ($250,009 como responsable del delito de Transporte de Estupefacientes (art. 5

inc. “c” de la ley 23.737 y arts. 12 y 45 del C.P.), con costas.

Que C. M. registra impedimento para permanecer en el país por

encontrarse encuadrada en las previsiones del art. 3 ° Inc. “j” y art 29 Inc. “d” de la ley

N° 25.871, modificada por el Decreto N° 70/2017 “Migraciones”, en virtud de lo cual se

ha declarado la irregularidad de su permanencia en el país disponiéndose su expulsión

conforme Disposición NRO: SDX 70966/2018 de la Dirección Nacional de Migraciones,

la cual se encuentra firme y consentida (fs. 124/129 ).

Que el art. 64 de ley 25.871 dispone: “Los actos administrativos de expulsión

firmes y consentidos dictados respecto de extranjeros que se encuentren en situación

irregular, se ejecutarán en forma inmediata cuando se trate de: a) Extranjeros que se

encontraren cumpliendo penas privativas de libertad, cuando se hubieran cumplido los

supuestos establecidos en los acápites I y II del artículo 17 de la ley 24.660 que

Fecha de firma: 14/05/2018 Firmado por: M.L.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.C., SECRETARIA DE CÁMARA #30207463#206018073#20180511113212209 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA N° 1 EJECUCIÓN DE SENTENCIA correspondieren para cada circunstancia. La ejecución del extrañamiento dará por

cumplida la pena impuesta originalmente por el Tribunal competente”.

Que C. fue detenida el día 27 de mayo del año 2.016 y cumple la

mitad de la condena el día 27 de mayo de 2018 (conf. cómputo de pena de fs. 9) y no tiene

causa abierta donde interese su detención u otra condena pendiente; es por...

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