Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA - SECRETARIA EJECUCION PENAL, 30 de Noviembre de 2016, expediente FBB 092001024/2010/TO01/2

Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL FBB 92001024/2010/TO1/2 hia Blanca, de noviembre de 2016.-

AUTOS y VISTOS:

Para resolver en este FBB 92001024/2010/TO1/2 caratulado “CONDENA DE NAVARRO, J.N. EN AUTOS NAVARRO, J.N. POR INFRACCIÓN LEY 23.737 (ART. 5 INC.

C)” del registro de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal; Y CONSIDERANDO:

  1. Que, a fs. 403/404vta. el señor Defensor Oficial, solicita se incorpore al penado J.N.N. al régimen de salidas transitorias previsto por los arts.16 y siguientes de la ley 24.660. Se fijó como domicilio en el que permanecerá durante los egresos el ubicado en la calle Suipacha Nº 1470 de San Fernando, provincia de Buenos Aires.

  2. Que, al evacuar la vista que le fuera conferida, a fs.

    485, la señora F. General opina que no corresponde hacer lugar a lo peticionado, habida cuenta que el penado se encuentra transitando la fase de confianza del período de tratamiento, instancia ésta que no le autoriza a acceder al beneficio que pretende. Así lo establecen los arts.15, 16, 17 y 18 de la ley 24.660 y 26 y 34 incisos a) y f) del decreto 396/99, que sirvieron de sustento al dictamen unánime en sentido negativo del Consejo Correccional de la de la Unidad Penal Nº17 de Candelaria, provincia de Misiones.

  3. Del informe técnico criminológico, agregado a fs. 482 resulta que N. se encuentra incorporado a la fase de confianza del período de tratamiento de la progresividad del régimen penitenciario y en las evaluaciones del último trimestre registra la siguiente calificación: conducta ejemplar diez (10) y concepto muy bueno siete (7) no registrando correctivos disciplinarios en el último trimestre. Concluye que el interno no reúne los requisitos establecidos por los arts. 17, Punto I de la ley 24.660 y 34 del decreto 396/99.

    A su vez, el Consejo Correccional de la Unidad Penal Nº

    17 de Candelaria, mediante Acta Nº 540/16 (U-17) glosada a fs. 493/vta., una Fecha de firma: 30/11/2016 Firmado por: B.E.T., JUEZ FEDERAL Firmado(ante mi) por: A.C.R., SECRETARIO DE CAMARA #19737668#167904232#20161201122356201 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL FBB 92001024/2010/TO1/2 vez evaluados los informes confeccionados por las distintas áreas integrantes del mismo, se expide de manera desfavorable respecto a la incorporación del interno a la modalidad de salidas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR