Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 2 - SECRETARIA EJECUCION PENAL, 31 de Octubre de 2019, expediente FSM 001800/2005/TO01/1

Fecha de Resolución31 de Octubre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 2 - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 2 FSM 1800/2005/TO1/1 vos, de octubre de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver respecto a la impugnabilidad del acto administrativo que derivara en la sanción disciplinaria impuesta al nombrado el 15 de agosto de 2019 y la reconsideración de calificaciones; en el marco del presente incidente de ejecución FSM 1800/2005/TO1/1 formado respecto de C.S.D., de los demás datos personales obrantes en autos, del registro de la Secretaría de Ejecución de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 2 de San Martín; Y CONSIDERANDO:

De la sanción disciplinaria.

  1. Que a fs. 1429/1430 obra la comunicación emitida por el Director de la Colonia Penal de Ezeiza (U.19) del Servicio P. Federal, Prefecto Lic. P.C.R., de la que se desprende que el 15 de agosto de 2019 se impuso a C.S.D. –expte. administrativo “D” 116/19-, la sanción de “10 días de exclusión de la actividad común según lo prescripto en el art. 19 inc. “c” del decreto 18/97 por haber infringido lo normado en el art. 17 inc.

    z

    del decreto 18/97, que en sus partes pertinentes se transcriben y dicen: z)

    ´intentar o mantener relaciones sexuales no autorizadas”.

    Hecho que habría ocurrido aproximadamente a las 15.00 horas del 27 de junio de 2019, momento en el cual el Ayte. 4ta. S.G. (cred. nro.

    41.375) –cumpliendo sus funciones como celador A/C- quien se encontraba junto con el Subayte. J.B. (cred. nro. 44.507) observan el monitor correspondiente a la cámara del Salón de Visitas, logrando “divisar al interno D.C.S. (L.P.U. nro. 292.628/C) alojado en el Pabellón N° 6, con quien se supondría fuera su visitante (femenina), detrás de una serie de Fecha de firma: 31/10/2019 Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: G.R.C., SECRETARIA DE EJECUCIÓN #11435287#248336117#20191031105905560 mantas extendidas sobre DOS (02) mesas en forma de letra L, más precisamente en el lado izquierdo desde el ingreso principal de dicho sector utilizado para el usufructo de la visita, obstaculizando la buna visibilidad, a lo que comúnmente se denomina ´carpas´ en la jerga penitenciaria, las cuales no se encuentran permitidas, a lo que el interno de marras hizo caso omiso al cumplimiento de las normas establecidas, demostrando un comportamiento inadecuado e inmoral (TENER RELACIONES SEXUALES), no acorde al régimen de autodisciplina que debe imperar en esta Colonia Penal, desestimando a sus pares quienes se encuentran gozando de sus lazos familiares dentro del mismo lugar”.

  2. Que las...

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