Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 24 de Abril de 2018, expediente FSA 072002899/2014/TO01/1

Fecha de Resolución24 de Abril de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA N ° 1 EJECUCIÓN DE SENTENCIA TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE SALTA EJECUCIÓN DE SENTENCIA PROTOCOLIZADO LIBRO Nº ....................ES REGISTRO Nº………………………

FOJAS……….…………………FECHA………………....……….

SECRETARIO Salta, de abril de 2018. CC AUTOS Y VISTO: este Expediente 72002899/ 2014 “Legajo de Ejecución Nº 1

IMPUTADO: PAOLETTI, JOSÉ GUILLERMO s/INFRACCION ART. 145 BIS 1°

PARRAFO (SUSTITUIDO CONF. ART 25 LEY 26.842) y INFRACCION ART. 145

TER 1° PARRAFO (SUSTITUIDO CONF. ART 26 LEY 26.842)”, de EJECUCIÓN DE

SENTENCIA DEL TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE SALTA” y CONSIDERANDO:

Que el encartado J., fue condenado por el Tribunal Oral en

lo Criminal Federal de Salta el día 15 de diciembre del año 2.011, en el Expediente Nº

341810 TO (originado en el Expediente Nº P1024/09 del Juzgado Federal de Orán,

Secretaría Penal Nº 2), a la pena de DOCE AÑOS DE PRISIÓN, más la inhabilitación

absoluta por el termino de la condena (art. 12 del C.P), responsable delito de captación,

acogimiento y explotación de menores de dieciocho años agravado por ser una de ellas

menor de trece años y por el uso de medios comisivosengaño y situación de

vulnerabilidadde las víctimas (arts. 145 bis, Inc. 1° y 145 ter, primera parte e Inc. 1° del

C.P. según ley 26.364), con Costas.

Que en fecha 04 de mayo del año 2.017, se resolvió hacer lugar a la reducción

temporal de SEIS (06) MESES para la promoción del penado dentro de la progresividad

del régimen penitenciario.

Que el nombrado y su Defensa han solicitado la ampliación aplicación del estímulo

educativo.

Que a través de la Ley Nº 26.695 se incorporó en el Régimen de Ejecución de la

pena, el sistema de estímulo educativo que permite a las personas privadas de su libertad

Fecha de firma: 24/04/2018 Alta en sistema: 25/04/2018 Firmado por: M.L.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.C., SECRETARIA DE CÁMARA #29256531#204510112#20180423144413228 que hayan logrado ciertos objetivos de formación durante el tiempo de encierro, ya sean

académicos, técnicos o profesionales, acceder a las distintas etapas del Régimen

Penitenciario acortando los plazos normales previstos, hasta 20 meses (art. 140 de la ley

24.660).

Que la reducción temporal debe ser aplicable a los distintos institutos

contemplados por la ley, como la Semilibertad, Salidas Transitorias, Libertad Condicional

y Asistida, sin perjuicio de las condiciones necesarias que se debe reunir para poder ser

...

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