Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 22 de Marzo de 2018, expediente FSA 002658/2016/TO01/1
Fecha de Resolución | 22 de Marzo de 2018 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA - SECRETARIA EJECUCION PENAL |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA N° 1 EJECUCIÓN DE SENTENCIA TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE SALTA EJECUCIÓN DE SENTENCIA PROTOCOLIZADO LIBRO Nº ....................ES REGISTRO Nº………………………
FOJAS……….…………………FECHA………………....……….
SECRETARIO Salta, de marzo de 2018. CC AUTOS Y VISTO: este Expediente 2658/ 2016 “Legajo de Ejecución Nº 1 IMPUTADO:
S. F., M. s/INFRACCION LEY 23.737”, de
EJECUCIÓN DE SENTENCIA DEL TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL
FEDERAL DE SALTA” y, CONSIDERANDO:
Que M., fue condenado por el Tribunal Oral en
lo Criminal Federal de Salta en el Expediente FSA 2658/2016/TO1 (originado en el
Juzgado Federal de Orán), en fecha 05 de diciembre del año 2.016; a la pena de CUATRO
(4) AÑOS y TRES (3) MESES de prisión, e la inhabilitación absoluta por el término de
la condena como responsable del delito de Transponte de Estupefacientes (art. 5 Inc. “c”
de la Ley 23.737 y art. 12 del C.P.), con costas.
Que M. registra impedimento para permanecer
en el país por encontrarse encuadrado en las previsiones del art. 29 inc. c) de la ley N°
25.871 “Migraciones”, en virtud de lo cual se ha declarado ilegal su permanencia en el
país disponiéndose su expulsión conforme Disposición NRO: 174492/2017 de la Dirección
Nacional de Migraciones, la cual se encuentra firme y consentida (fs. 82/87).
Que el art. 64 de ley 25.871 dispone: “Los actos administrativos de expulsión
firmes y consentidos dictados respecto de extranjeros que se encuentren en situación
irregular, se ejecutarán en forma inmediata cuando se trate de: a) Extranjeros que se
encontraren cumpliendo penas privativas de libertad, cuando se hubieran cumplido los
supuestos establecidos en los acápites I y II del artículo 17 de la ley 24.660 que
Fecha de firma: 22/03/2018 Alta en sistema: 23/03/2018 Firmado por: M.L.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: H.F.M. #29459633#201937741#20180322111531068 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA N° 1 EJECUCIÓN DE SENTENCIA correspondieren para cada circunstancia. La ejecución del extrañamiento dará por
cumplida la pena impuesta originalmente por el Tribunal competente”.
Que M. fue detenido el día 27 de febrero del
año 2.016 y cumple la mitad de la condena el día 11 de abril de 2018 (conf. cómputo de
pena de fs. 5) y no tiene causa abierta donde interese su detención u otra condena
pendiente.
Por todo lo expuesto, y por aplicación de los arts. 75 y 76 de la ley 24.121, 490,
493 y concordantes del C.P.P.N., la...
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