Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA EJECUCION PENAL, 11 de Octubre de 2016, expediente FMP 011018437/2013/TO01/5/1

Fecha de Resolución11 de Octubre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MAR DEL PLATA E.P.- FMP 011018437/2013/TO01/5/1-19-01-19.PJ1 M. delP., octubre 11 de 2016.-

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en el presente incidente Nº

11018437/2013/TO1/5/1 caratulado “ACOSTA, L.M.S.. de Ejecución de Pena”, que tramita por ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar del Plata, y CONSIDERANDO:

1) Que con fecha 6 de septiembre de 2016 el Subdirector de la Unidad Penal 15 del Servicio Penitenciario Bonaerense, P.J.D.M. de Oca, remite nota TGB N° 4999/16, poniendo en conocimiento de estos estrados la formación del Expediente Administrativo 958/16, en razón de que con fecha 25 de agosto de 2016 siendo las 19:00 hs. al momento de encontrarse el personal efectuando una requisa de rutina en la celda 38 del Pabellón 10 se encontró que el encartado poseía oculto un teléfono marca Alcatel, modelo ilegible, con chip de la empresa ilegible, conducta que prima facie, seria pasible de sanción en los términos del Art. 44 inc.

4° de la Ley provincial 12256.-

Que asimismo con fecha 21 de septiembre, mediante nota 5380/16, es recepcionado en este Tribunal el Fecha de firma: 11/10/2016 expediente administrativo 958/16, el cual culmino con la Firmado por: N.R.P., JUEZ DE EJECUCIÓN PENAL Firmado(ante mi) por: G.D.M., SECRETARIO FEDERAL #28075114#164091203#20161011083602927 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MAR DEL PLATA E.P.- FMP 011018437/2013/TO01/5/1-19-01-19.PJ1 exclusión de actividades comunes del encartado M.L.A. por el plazo de 10 días (fs. 102/117).-

2) Que corrida la vista a la Defensa Técnica del encartado, se presenta la Dra. N.E.C., Defensora Pública ante este Tribunal, apelando las sanciones, denunciando nulidades en la tramitación del proceso y planteando inconstitucionalidades, por los fundamentos que en honor a la brevedad se aquí por reproducidos.-

3) Que oportunamente el Sr. Fiscal General ante este Tribunal, Dr. J.M.P., contesta la vista conferida solicitando se haga lugar a la petición formulada por la Sra. Defensora Oficial.-

4) Que realizando un análisis pormenorizado del sumario adunado, el suscripto observa que a fs. 111 de autos obran libramientos de notificaciones a la Defensoría General a los fines de comunicar la audiencia de descargo fijada, pero no consta la notificación efectiva de las mismas.

Consecuentemente, surge de...

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