Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 21 de Marzo de 2017, expediente CFP 012770/2016/2/CA002

Fecha de Resolución21 de Marzo de 2017
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 12770/2016/2/CA2 CCCF -Sala I-

CFP 12770/2016/2/CA1 “Legajo de apelación s/ rechazo de medida de no innovar”

Juzgado 7 Secretaría 14 Buenos Aires, 21 de marzo de 2017.

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la abogada apoderada del Sr. J.S. contra el auto obrante en copias a fs. 6/8 del incidente, por medio del cual el Sr. Juez a cargo del Juzgado Federal nro. 7 no hizo lugar a la medida de no innovar propiciada por esa parte.

  2. De acuerdo con lo manifestado por el querellante y por el Ministerio Público Fiscal en su requerimiento de instrucción, en autos se busca establecer si los funcionarios públicos mencionados en el dictamen glosado a fs. 29/31 omitieron controlar el cumplimiento de las disposiciones previstas por la Ley 23696 y por el Pliego de Bases y Condiciones para la privatización del servicio público de telecomunicaciones. Explicaron que a pesar de que las normas aplicables exigían a las compañías beneficiarias implementar el Programa de Propiedad Participada (Ley 23696) -el cual imponía la participación de los trabajadores en las ganancias obtenidas por las empresas a través de la explotación de los servicios privatizados-, en los hechos éste nunca se llevó a la práctica y, por lo tanto, las ventajas económicas que la normativa estipulaba a favor de los trabajadores no pudieron ser materializadas.

    Indicaron que sin perjuicio de las precisiones asignadas a la disyuntiva por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el Fallo “Gentini, J.M. y otros c/ Estado Nacional”

    del 12 de agosto del año 2008, mientras las empresas comprometidas Fecha de firma: 21/03/2017 Firmado por: E.R.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: T.M.V., Secretaria de Camara #29270511#174506363#20170321143936562 omitían cumplir con las obligaciones reseñadas, las autoridades nacionales -que cargaban con el deber de fiscalizar el acatamiento del programa en debate- nada hicieron para salvaguardar los objetivos previstos por la Ley y por los reglamentos resaltados.

  3. La parte querellante solicitó que se dispusiera una “medida de no innovar” con la finalidad de impedir que las compañías telefónicas denunciadas continuaran beneficiándose con la explotación de servicios públicos. Sostuvo, en ese sentido, que la participación de tales entidades...

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