Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 2 de Agosto de 2017, expediente FMZ 043157/2015/1/CA001

Fecha de Resolución 2 de Agosto de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B FMZ 43157/2015/1/CA1 Mendoza, 02 de Agosto de 2017.-

Y VISTOS:

Los presentes autos Nº FMZ 43157/2015/1/CA1, caratulados “LEGAJO DE APELACIÓN En A.P.P.S. p/

CONTRABANDO ART 864 INC D)- CODIGO ADUANERO” venidos del Juzgado Federal de Mendoza 1 de Mendoza, a esta Sala “B”, en virtud del recurso de apelación deducido a fs. sub 09/10 vta. por el Sr. Defensor Público Oficial, Dr. A.N., por la defensa del imputado Pacheco P.

Santiago, contra el auto de procesamiento de fecha 22/08/2016, en cuanto RESUELVE:

...ORDENAR EL PROCESAMIENTO SIN PRISION PREVENTIVA DE PACHECO P. SANTIAGO ...; por hallarlo “prima facie”

responsable de la maniobra delictiva tipificada por el art 864 inc “d”, de la Ley 22.415, en función del art. 863 del mismo cuerpo, en grado de tentativa (Art.

871 del Código Aduanero) y no haciendo lugar a lo solicitado por la defensa de P., P.S. a fs. 97/98 del cuerpo principal.

Y CONSIDERANDO:

I- Que a fs. sub 01/07 el A-quo dicta el procesamiento de P., P.S., por hallarlo “prima facie” responsable de la maniobra delictiva tipificada por el art 864 inc “d”, de la Ley 22.415, en función del art.

863 del mismo cuerpo, en grado de tentativa (Art. 871 del Código Aduanero)

y no haciendo lugar a lo solicitado por la defensa de P., P.S. a fs. 97/98 del cuerpo principal.

Ante dicha resolución, el defensor Público Oficial Ad Hoc interpone recurso de apelación, por entender que del auto resolutorio no surgen los elementos de convicción que se han considerado para estimar que su defendido es responsable de los hechos que se le atribuyen.

II- Que elevado el expediente a la alzada, a fs. sub. 16/18 el Dr. A.M.N., presenta informe escrito expresando agravios por la interpretación que realiza el A-quo de los hechos, por cuanto la sola Fecha de firma: 02/08/2017 Alta en sistema: 14/08/2017 Firmado por: R.N. -R.A.F., Jueces Subrogantes de la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza Firmado(ante mi) por: G.L.T., Secretaria de Cámara #28841626#184098608#20170718092859076 circunstancia de que su representado omitió declarar al servicio aduanero que portaba divisas y por la forma en que las mismas fueron encontradas al momento de la revisación a cargo del personal aduanero (contenidas en dos sobres, colocados debajo de la alfombra de la cabina del automotor) ,revelan en forma suficiente la existencia de delito de contrabando en grado de tentativa por el art 864 inc. “d” del Código Aduanero en la modalidad de ocultamiento y por lo...

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