Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 8 de Marzo de 2018, expediente CFP 006770/2016/3/CA001

Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2018
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CCCF – Sala I CFP 6770/16/3/CA1 “Legajo de apelación de G A I s/ falsificación documentos públicos”

Juzgado Nº 9 –Secretaría Nº

Buenos Aires, 7 de marzo de 2018.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llega la presente causa a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Sr.

    Defensor Público Oficial, Dr. J.M.V., contra la resolución que luce en copias a fojas 1/4, en cuanto decreta el procesamiento de A.I.G., en orden al delito de falsificación de documento público en calidad de partícipe necesario (art. 45, art. 292 del C.P. y arts. 306, 310 y ccdtes. del CPPN), y traba embargo sobre sus bienes y/o dinero por la suma de $ 200 (doscientos pesos).

  2. La causa tuvo su inicio a raíz de los hechos sucedidos el día 18 de mayo del 2016: A.I.G. se presentó

    ante la sede del Sector de Legalizaciones del Ministerio de Educación de la Ciudad, a fin de legalizar un título analítico secundario falso a su nombre, perteneciente al Instituto Fundación de Centros Educativos, de la localidad de San Miguel, provincia de Buenos Aires.

    Fecha de firma: 08/03/2018 Alta en sistema: 13/03/2018 Firmado por: J.L.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: D.A.P., SECRETARIO #31118910#200583851#20180308095836046 Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 Frente a este panorama, el juez de grado dispuso el procesamiento sin prisión preventiva del encartado en orden al delito previsto y reprimido por el art. 292 del CP.

  3. Se le imputa a G haber presentado el día 18 de mayo de 2016 en el Sector Legalizaciones del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires-

    sito en la calle Bolivar 191de esta ciudad- el certificado analítico secundario a su nombre.

    Al ser recibido el documento por el empleado T D A perteneciente al personal del Sector de Legalizaciones del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad, constató que los sellos de las autoridades no se condecian con los registros obrantes en esa dependencia y la existencia de una firma del ministerio del Interior, cuyo funcionario estaba fallecido.

    Asimismo, a fs. 61, la Región 9 (DIPREGEP) informó que el encartado nunca fue alumno de la institución.

    En el informe pericial de la División Scopometría de la PFA, que luce a fojas 31/4 del expediente principal, indicó que se encuentra carente de la totalidad de las medidas de...

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