Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 19 de Agosto de 2021, expediente FMZ 002033/2021/2/CA001
Fecha de Resolución | 19 de Agosto de 2021 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B
FMZ 2033/2021/2/CA1
Mendoza, 19 de agosto de 2021
Y VISTOS:
Los presentes autos N° FMZ 2033/2021/2/CA1 caratulados:
LEGAJO DE APELACION EN AUTOS FARIAS ULLUA, JAIRO
EMANUEL p/ INFRACCION LEY 23.737
venidos a esta Sala B en virtud
del recurso de apelación deducido por la defensa de Jairo Emanuel FARIAS
ULLUA el día 30/05/2021 contra la resolución dictada, en fecha 26/05/2021
por el Sr. Juez del Juzgado Federal N° 3 de Mendoza mediante la cual
dispuso: “1.ORDENAR EL PROCESAMIENTO sin PRISION PREVENTIVA
de J.E.F.U. […] por resultar prima facie autor
penalmente responsable del delito previsto por el art. 5 inc. c) de la ley
23.737 (en las modalidades de tenencia de estupefacientes con fines de
comercialización y comercio de estupefacientes por dos hechos) de
conformidad con lo dispuesto por los arts. 306 y ccs. del C.P.P.N.;
2.ORDENAR se trabe EMBARGO respecto del nombrado por la suma de
doscientos cuarenta y tres mil pesos ($ 243.000). Para el caso de no poseer o
de no ofrecer bienes, se dispone su INHIBICION GENERAL DE BIENES
[…]; 3….; 4…; 5…; 6…; 7…
Y CONSIDERANDO:
1) La causa se inicia el día 6/03/2021 con la nota del Jefe del Grupo de
Operaciones e Investigaciones y P.edimientos (G.O.I.P.) de Gendarmería
Nacional, la cual da cuenta que un sujeto de nombre J.F. (ex policía)
comercializaría estupefacientes en su domicilio sito en calle I., entre
calle España y A., de Tunuyán, Mendoza, donde funcionaría una
mueblería.
Constatada la existencia del domicilio, se toma conocimiento que en el
mismo habría 4 o 5 viviendas de la familia, pudiendo observarse al
sospechado Ullua realizar movimientos típicos de venta de estupefacientes,
durante las vigilancias efectuadas el día 6 y 12 de marzo.
Fecha de firma: 19/08/2021
Alta en sistema: 24/08/2021
Firmado por: G.C. DE DIOS, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: A.R.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: F.F., SECRETARIO FEDERAL
Así, aproximadamente a las 22:25 horas del 12/03/2021, arribó una
camioneta marca Renault, Dominio AA117JJ, de la cual descendió el
acompañante, e ingresó al domicilio sospechado, permaneciendo unos
minutos. Al retirarse, efectuó un seguimiento, y al ser detenidos, se le
secuestró al acompañante identificado como W.A.S. dos bolsas
con sustancia blanca, que por sus características sería cocaína, con un peso de
1,2 grs.
A raíz de los resultados obtenidos, la prevención solicitó orden de
allanamiento para el domicilio sospechado, la cual fue concedida, no obstante
lo cual no se pudo materializar por no ser posible la aprehensión de ningún
comprador.
Continuaron las tareas de vigilancia, detectando nuevos movimientos
de venta de estupefacientes, logrando interceptar el día 20/03/2021 a Axel
Joaquín Balmaceda, luego de realizar un pase de mano típico con el Ullua en
su domicilio. En esa ocasión se le secuestró entre sus pertenencias 0,3 grs. de
sustancia vegetal, que por sus características sería marihuana lo que motivó el
libramiento de una nueva orden de allanamiento.
Ese mismo día, siendo las 20:20 horas aproximadamente, se ingresó al
domicilio. En el departamento N° 1, se encontraba Jairo Emanuel F.
Ullua, quien espontáneamente manifestó que tenía estupefacientes, entregando
diez (10) envoltorios con sustancia blanquecina, la cual arrojó resultado
positivo para cocaína, con un peso de 11,8 grs.; un (1) envoltorio con
sustancia vegetal, que resultó marihuana según el test de rigor, con un peso de
2,5 grs.; pastillas utilizadas habitualmente como elementos de corte, un
celular, dos paquetes de papel glasé y una credencial de policía a su nombre.
En el departamento N° 3, habitado por N.E.Q.M., se
halló un recipiente de vidrio con sustancia vegetal, y otro con dos cigarrillos
de armado artesanal con la misma sustancia, con un peso de 1,6 grs. y 0,8 grs.
respectivamente.
Fecha de firma: 19/08/2021
Alta en sistema: 24/08/2021
Firmado por: G.C. DE DIOS, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: A.R.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: F.F., SECRETARIO FEDERAL
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B
FMZ 2033/2021/2/CA1
2) Recibidas las actuaciones y declarada la competencia del Tribunal
para entender en la presente causa, se imputó a J.E.F.U.,
presunta infracción al art. 5 inc. c) de la Ley 23737 en las modalidades de
tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y comercio de
estupefacientes – y a A.J.B. y a N.E.Q.,
presunta infracción al art. 14, 2da. parte, de la citada ley, disponiendo correr
vista al Ministerio Fiscal, a fin de que se expida sobre la declaración de
inconstitucionalidad de la norma citada.
Al momento de prestar declaración indagatoria, F.U. sólo
manifestó ser consumidor de estupefacientes e indicó que no comercializaba,
negándose a...
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