Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SECRETARIA SALA A, 26 de Julio de 2019, expediente FMZ 036138/2018/15/CA006

Fecha de Resolución26 de Julio de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SECRETARIA SALA A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A FMZ 36138/2018/15/CA6 ACTA AUDIENCIA ART. 454 C.P.P.N.

EXPEDIENTE:Nº FMZ 36138/2018/15/CA6: “LEGAJO de APELACIÓN de BORDÓN, MARIO GERMÁN y OTROS por INFRACCIÓN LEY 23.737 (ART. 5 INC. C)”.

En la Ciudad de Mendoza, a los veintiséis días del mes de julio de dos mil diecinueve, siendo las diez y treinta horas, a los efectos de celebrar la audiencia fijada en las presentes actuaciones, se reúnen en la Sala de Acuerdos de la Excma.

Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, los Sres. Vocales de la Sala “A”, D.. M.A.P. y J.I.P.C., integrando el Tribunal la Sra. Vocal de la Sala “B”, Dra.

O.P.A. -quien fuera designada por Acordada N° 9914 del 03/07/2019-, contando además con la presencia de la Sra.

Secretaria “ad hoc” Dra. G.L.M.. Asisten al acto, la Sra. Defensora Pública Coadyuvante, Dra. C.F. (ejerciendo la defensa de los encartados M.G.B. y M.C.T.G.) y, en representación del Ministerio Público F., la F. “ad hoc”, Dra. C.E., quien lo hace acompañada del Dr. D.V. y de la Dra.

V.D.. En este estado se deja constancia que, el Defensor Particular del encartado M.N.A.G., el Dr. C.R.J., no ha concurrido al acto, no obstante encontrarse debidamente notificado (ver constancias de fs. 1231 vta. de autos)y pese a sucesivos llamados a viva voz para que se presente a esta audiencia, por lo que corresponde tenerlo por desistido del recurso de apelación interpuesto ante Fecha de firma: 26/07/2019 Firmado por: O.P.A., JUEZA DE CÁMARA Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: G.L.M., Secretario Federal Ad Hoc #33673779#240259705#20190726134902217 este Tribunal de Alzada. A continuación, el Sr. Juez en ejercicio de la presidencia, D.P., cede la palabra a la Dra.

F., quien expresa que viene a mantener e informar el recurso de apelación interpuesto contra el auto que ordenó el procesamiento sin prisión preventiva de sus asistidos M.B. y M.G.. Relata que su defendido B. fue detenido en fecha 04 de julio de 2018 en ocasión de haberse presentado espontáneamente en cumplimiento de un compromiso de libertad caucionada dictada en otra causa por un delito similar y que posteriormente se detuvo a su pareja, la Sra.

G., cuando se apersonó para visitar a B., por lo que su contacto con la causa de marras no provino en virtud de una orden de detención anterior. Indica que luego de indagados, sus defendidos fueron procesados para el 15 de agosto de 2018 por estimárselos, ‘prima facie’, autores penalmente responsables del delito previsto y reprimido por el art. 5 inc. c, agravado por el art.

11 inc. c...

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