Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 16 de Mayo de 2019, expediente FMZ 043568/2017/4/CA001

Fecha de Resolución16 de Mayo de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B FMZ 43568/2017/4/CA1 ACTA AUDIENCIA ART. 454 C.P.P.N.

EXPEDIENTE: Nº FMZ 43568/2017/4/CA1 caratulados: “LEGAJO DE APELACION DE AVANZAR Y CAMBIEMOS POR SAN LUIS POR AVERIGUACIÓN DE DELITO.”

En la Ciudad de M., a los dieciséis días del mes de mayo dos mil diecinueve, siendo las doce y cincuenta horas, a los efectos de celebrar la audiencia fijada en las presentes actuaciones, se reúnen en la Sala de Acuerdos de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de M., el Sr.

Vocal de la Sala “B”, Dr. G.E.C. de Dios, integrando el Tribunal el Sr. Vocal de la Sala “A”, Dr. J.I.P.C. -quien fuera designado por Acordada N° 9881 del 09/04/2019, de esta Cámara Federal en Pleno-, contando además con la presencia del Sr. Secretario “ad hoc” Dr. C.A.P.. Asisten al acto, los D.. E.J.S. (por C.M.P. y S.d.V.Q., el Sr. Defensor Oficial S.B. (por N.F.E., y por el Ministerio Público F., el Sr. F. General, Dr. D.M.V., quien lo hace acompañado del Dr. J.M.G.. Acto seguido, el Sr. Vocal que preside la audiencia, D.C. de Dios, informa a las partes que el Sr. Vocal de la Sala “B”, D.P., se encuentra en uso de licencia, por lo que, como lo prevé el art. 31 bis del C.P.P.N, se procederá a realizar la audiencia con el Tribunal integrado por los dos magistrados presentes, a lo que las partes prestan conformidad. Habiendo hecho la aclaración previa, cede la palabra a la parte recurrente, D.V., quien comienza su dictamen refiriéndose al claro manejo político que se observa en la causa en marras, el cual devino en la comisión de un delito electoral.

Se remite brevemente a la plataforma fáctica. Considera que el “a quo”

realiza una división en su decisorio; por un lado, dicta la falta de mérito de la imputada P., resolución, a su criterio, errada, y el procesamiento de los encartados Q. y E.. Observa una clara intervención de la señora P., al ser ella la facilitadora de los planes prometidos. Razón por la cual solicita se revoque falta de mérito y se dicte el procesamiento de C.P.. Entiende correcta a su vez, la calificación enrostrada, art.

Fecha de firma: 16/05/2019 Alta en sistema: 29/05/2019 Firmado por: G.C. DE DIOS, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.I.P.C., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: C.A.P., Secretario Federal Ad hoc #33039881#234624605#20190517100946070 139 inc b) del C.E.N, a P., E., Q. y A., al ellos formar una estructura dedicada a deslegitimar y desviar la voluntad de los electores. Por todo lo antedicho, mantiene el recurso interpuesto. A continuación, el Dr. Sala, en defensa de la encartada C.P., toma la palabra y cuestiona la admisibilidad formal del recurso en cuestión, al tratarse de un recurso de apelación respecto a una falta de mérito.

Considera que, al no...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR