Sentencia nº TSS/91 - DT 1991-B, 2032 - AyS 1991-II, 139 - DJBA 142, 48 de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 11 de Junio de 1991, expediente L 46323
Ponente | Juez SALAS (SD) |
Presidente | Salas - Rodriguez Villar - Pisano - Mercader - Laborde |
Fecha de Resolución | 11 de Junio de 1991 |
Emisor | Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires |
En la ciudad de La Plata, a 11 de junio de 1991, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse, el siguiente orden de votación: doctores Salas, R.V., P., M., L., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa L. 46.323, L., R. contra M.S.A.I.C.I.C.A. Despido.
El Tribunal del Trabajo nro. 4 de Lomas de Z. acogió la demanda promovida por R.L. contra M.S.A. en concepto de indemnizaciones sustitutiva del preaviso omitido y antigüedad y haberes de integración del mes de cesantía con más el aguinaldo proporcional; con costas a la parte demandada.
Esta última dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley .
Dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente
C U E S T I O N
¿ Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley ?
V O T A C I O N
A la cuestión planteada, el señor J. doctorS. dijo:
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El tribunal del trabajo interviniente consideró que no obedeció a justa causa la cesantía de R.L. dispuesta por M.S.A. porque su conducta no había sido antes objeto de ninguna sanción y aquél admitió la sustracción de un elemento de escaso valor patrimonial dedicado exclusivamente al consumo.
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En el recurso extraordinario deducido se denuncia la violación de los arts. 44 incs. d y e del dec. ley 7718/71; 62,63, 67,88 y 242 de la ley de Contrato de Trabajo.
En opinión del apelante la circunstancia de sorprender al dependiente cuando pretendía salir del establecimiento ocultando la mercadería de la empresa accionada que llevaba consigo, es suficiente para determinar la pérdida de confianza que justifica el despido por injuria, pese a lo exiguo del valor de los efectos que intentaba sustraer y a los buenos antecedentes que registraba.
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El recurso, en mi opinión, debe prosperar.
1) Reconoció el actor en la demanda la circunstancia que dio origen a su cesantía: sustrajo de la cocina de la empresa una bolsa de azúcar, que le fue encontrada en el interior de su boleo por el personal de vigilancia del principal a la salida del establecimiento. Inmediatamente M.S.A. dispuso el despido directo de R.L. por grave injuria laboral y pérdida de confianza.
2) Conforme a mi criterio, se justifica la denuncia del contrato de trabajo por decisión rescisoria de la patronal.
En un...
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