Partido Lealtad Popular S/solicitud de Reconocimiento de Personería Jurídico Político Expte. N° 1031/05 - Reconocimiento y Carta Orgánica

Fecha de publicación04 Diciembre 2008
Fecha de disposición04 Diciembre 2008
SecciónSociedades,PARTIDOS POLITICOS
Número de Gaceta31546

1 día en el diario Clarín, en autos 'CARICATO LILIANA INES s/QUIEBRA' (Expte. 044518), que el martillero Arnoldo Jorge Beider telf. 49823753 / (15) 4971-2211, VENDERA en PUBLICA SUBASTA a realizarse el día 15 de Diciembre de 2008 a las 8,15 horas, en punto, en Tte Gral. J. D.

Perón 1233 de esta Ciudad, en forma individual, el Cien por ciento de los siguientes inmuebles de propiedad de la Fallida: A) departamento sito en la Avenida Chiclana Nº 2934/2938

Unidad Funcional Nº 3 (Letra 'B') del Segundo Piso y Azotea, entre las calles La Rioja y Deán Funes, de la CAPITAL FEDERAL; Matrícula FR 27604/3, Nom. Cat.: Circ 2, Secc 24. Manz 18,

Parcela 2, Superficie total según títulos: 255,46 m2; Porcentual 32,59%. Conforme lo informado por el martillero se trata de un departamento con acceso por escalera que consta en el 2° Piso de hall de entrada, living comedor, 2 balcones (uno corrido al frente y el restante al contrafrente), 2 dormitorios, cocina amplia, lavadero cubierto y antebaño con vanitory; y en la Azotea (tercera planta),conaccesoporescaleracubiertayexterna al departamento, espacio descubierto al frente, un galpón o depósito, una construcción precaria con un paso donde se instaló una cocina y un espacio destinado a dormitorio. Existe asimismo un toilette y un cuarto en la tercera planta del edificio, fuera de la parte perteneciente a la Planta Azotea. Se encuentra en buen estado general y ocupado por la Fallida y su hija menor de edad, destinado a vivienda. Ocupan una construcción existente en la Azotea, por breve lapso, a título gratuito y sin haber suscripto documentación alguna, las Señoras Isabel Arcenia Lauría de Caricato y Noemí Alejandra Caricato y 2 hijos de ésta, menores de edad.Deudas:sujetas a nuevos vencimientos y reajustes de práctica: AySA SA al 26-6-07 $ 118,57; GCBA al 18-7-07 $ 173,80;

OSN al 15-11-07 sin deuda. Expensas Comunes:

no devenga sumas por este concepto. Base $ 120.000.-; Exhibición 11 y 12 de diciembre de 2008 de 13 a 19 horas; B) 2 lotes de terreno, en forma individual, sitos en San Clemente del Tuyú,

Partido de la Costa, Provincia de Buenos Aires, designados como lotes 3 y 2 de la manzana 452, con frentes a la Calle UNO BIS sin número, entre las Calles 84 y 85 (en la manzana comprendida por las citadas arterias y la calle 18), Nomencl.

Catastral: Circ. IV, Secc. F, Manzana 466,

Parcelas 1c y 1b, respectivamente, Matrículas 50970 y 50969, respectivamente. Se trata de 2 lotes de terreno linderos, que se encuentran baldíos, sin construcciones y desocupados, a aproximadamente 2 cuadras de la playa.Plano de ubicación y Plancheta Catastral a fs. 880/1. Base para cada uno de los lotes $ 7.000.-;Exhibiciones:

13 y 14 de diciembre de 2008 de 9 a 15 horas.

Respecto de las deudas se seguirá el siguiente criterio: las anteriores al decreto de quiebra, los acreedores deberán presentarse a verificar sus créditos; las posteriores al decreto de quiebra, en principio y sin perjuicio del eventual reclamo que pudiera dirigirse contra el adquirente, serán pagadas como gastos del concurso, previo reconocimiento de las mismas (art. 240 de la LC), y las posteriores a la toma de posesión estarán a cargo del adquirente.Los gastos que se devenguen en concepto de honorarios, sellados y otros que tengan directa vinculación con la transferencia a realizarse oportunamente por los adquirentes en pública subasta, entendidos por tales las diligencias tendientes a la traslación dominial del bien raíz, escrituraciones, etc., serán a cargo exclusivamente de los compradores.

Condiciones de Venta para cada uno de los inmuebles: ad corpus, al contado y mejor postor con las bases indicadas. Seña 30%; Comisión 3%; Arancel Acord. 10/99 CSJN 0,25%, para cada uno de los lotes sitos en San Clemente del Tuyú Sellado de Ley 1%, todo en efectivo a cargo de cada Comprador en el acto del remate, quienes a la firma del boleto de compraventa deberán constituir domicilio legal en la Capital Federal (art. 579 Cód. Proc). El saldo de precio deberá ser depositado dentro del quinto día de aprobada la subasta, sin necesidad de otra notificación ni intimación, bajo el apercibimiento previsto por el art. 580 del Cód. Procesal. No se acepta la compra en comisión.

Buenos Aires, 28 de noviembre de 2008.

Olga Beatriz Gómez, secretaria.

e. 04/12/2008 Nº 586.056 v. 09/12/2008 JUZGADO NACIONAL DEL TRABAJO NRO. 69

SECRETARIA UNICA El Juzgado Nacional de 1ª Instancia delTrabajo Nº 69 a cargo interinamente de la Dra. Graciela Liliana Carambia, Secretaría a cargo del Dr. José Ignacio Ramonet, con asiento en Pte. Perón 990, piso 10º, Nº 31.546 26 efectos dicte, con una anticipación de sesenta (60) días como mínimo.

TITULO III: DE LAS AUTORIDADES PARTIDARIAS SECCION I: LOS ORGANOS EJECUTIVOS CAPITULO I: LAS CASAS PARTIDARIAS Artículo15to.LasCasasPartidariasconstituyen el organismo primario del'Partido Popular'.Son el centro natural de adoctrinamiento y organización de los afiliados. Tienen por misión la difusión de los principios y bases del 'Partido Popular', y la realización de actividades comunitarias y sociales tendientes a la integración de los vecinos en la vida política e institucional de la Provincia.

Artículo 16

to. Cada Junta Directiva Distrital fijará el número de afiliados necesarios para constituir una Casa Partidaria, que no podrá ser más de treinta (30), domiciliados en el distrito a que la Casa Partidaria pertenezca, sin que exista número máximo de integrantes de la misma. Su reconocimiento se solicitará según formulario tipo, que será suministrado por la Junta Directiva Provincial, el que deberá presentarse para su aprobación ante la Junta Directiva Distrital y cuya copia debe exhibirse obligatoriamente en el local partidario.

Artículo 17

mo. Cada Casa se organizará con una Mesa de Trabajo, elegida por el consenso de los afiliados que la integren.

Artículo 18

vo. De resultar denegado el reconocimiento, podrá deducir la revisión de la decisión ante la Junta Directiva Provincial. El plazo para el recurso será de treinta (30) días corridos a contar de las notificaciones de la denegatoria.

Artículo 19

no. La Mesa de Trabajo de cada Casa Partidaria se compondrá de 5 (cinco) miembros titulares 3 (tres) suplentes: a) Secretario General; b) Secretaría de Relaciones Políticas y Gremiales; c) Secretaría de Cuentas y Administración; d) Secretaría de Cultura,

Prensa y Propaganda y e) Secretaría de Acción Comunicaría y de la juventud.

El mandato de las autoridades mencionadas durará 2 (dos) años.

CAPITULO II: DE LAS JUNTAS DIRECTIVAS DISTRITALES Artículo 20mo. En cada partido en que se divide la Provincia del chaco funcionara una Junta Directiva Distrital que será la autoridad partidaria en esa jurisdicción.

Artículo 21

ro. Cada Junta Directiva de Distrito estará integrada por un número de miembros titulares entre la mitad como mínimo y los dos tercios como máximo igual al de concejales municipales que para cada uno de los partidos de la Provincia prevé la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia del Chaco;

además contar con un número mínimo de miembros suplentes igual a la mitad de los titulares.LasautoridadesdelasJuntasdeDistritos durarán 4 (cuatro) años en sus funciones. Los miembros de la Junta Directiva Distrital ocuparán los siguientes cargos mínimos:

a) Presidente; b) Vicepresidente; c) Secretario General; d) Secretaría de Relaciones Políticas y Gremiales; e) Secretarias de Cuentas y Administración; f) Secretaría de Cultura,

Prensa y Propaganda y g) Secretaría de Acción Comunitaria y de la Juventud, los restantes tendrán el carácter de vocales. Los cargos se distribuirán de acuerdo a lo prescripto por esta Carta Orgánica.

Artículo 22

do. Son funciones específicas de las Juntas Directivas Distritales: a) Cumplir y hacer cumplir lo establecido por la presente Carta Orgánica, así, como las políticas, directivas y resoluciones del Congreso Provincial; b) Supervisar y fiscalizar el desenvolvimiento de las Casas Partidarias en el plano político y administrativo; c) Llevar Libros de registros de afiliados, caja, inventario, remuneraciones, actas u resoluciones actualizadas, la documentación complementaria debe conservarse por el plazo de 3 (tres) años; d) Organizar los operativos de afiliación, campañas electorales, fiscalización de comicios y escrutinios; e) Designar comisiones internas y cuerpos de colaboradores; f) Llevar al día el registro de asistencia de sus miembros;

g) Mantener informada a la Junta Directiva Provincial de las alteraciones en su constitución;

h)...

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