Lavalle C/Cruzati

Autos N° 13.546 caratulados "MUNICIPALIDAD DE LAVALLE c/CRUZATI JUAN MANUEL p/COBRO DE PESOS". A fs. 96 el Tribunal resolvió: I- Aprobar en cuanto por derecho corresponda la información sumaria rendida en autos y al solo efecto de acreditar que el Sr. Juan Manuel Cruzati DNI N° 23.350.277 es persona de ignorado domicilio a los términos del Art. 69 del CPC y bajo responsabilidad de la parte actora y en consecuencia ordenar se notifique el traslado de la demanda conforme lo ordenado a fs. 94 por edictos a publicarse por cinco (5) veces con un (1) día de intervalo entre cada publicación en el Boletín Oficial de Mendoza y en el Diario Los Andes. II- Ordenar que una vez vencido el plazo conferido al demandado y en caso de incomparecencia del mismo se notifique al Ministerio Público y al Sr. Defensor de Pobres y Ausentes en turno para que asuma este último su representación de conformidad a lo dispuesto por el Art. 75 del CPC. III- Regístrese. Notifíquese. Fdo. Dr. Gerardo Cornejo...

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