Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala J, 18 de Diciembre de 2019, expediente CIV 066430/2019/CA001

Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2019
EmisorCamara Civil - Sala J

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J 66430/2019. LASTRA, E.M. Y OTRO s/SUCESION TESTAMENTARIA / AB INTESTATO Buenos Aires, 18 de diciembre de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

  1. Contra la resolución de fs.62, mantenida a fs.84, en tanto el “a quo” dispone la acumulación del proceso sucesorio testa-

    mentario de la causante al sucesorio ab intestato que tramita bajo el n°66.430/2019, deduce el heredero E.A.M. recurso de apelación sub-

    sidiario, por los fundamentos que esboza en su presentación de fs.

    66/72, los que son replicados por los restantes herederos a fs.107/115.

  2. En cuanto concierne a la cuestión venida a conoci-

    miento, es de adelantar que los postulados de la pretensión recursiva del heredero apelante no merecen atención.

    No desconoce este tribunal que frente al supuesto confi-

    gurado en la especie, donde se han iniciado por separado la sucesión testamentaria y la ab intestato de la misma causante, por distintos herederos legitimarios, el artículo 696 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación sienta el principio general que da preferencia al juicio sucesorio testamentario sobre el ab-intestato, debido a que la sucesión por testamento, al encontrarse directamente basada en la voluntad del causante, aventaja a la originada en la voluntad presunta.

    Sin embargo, no puede soslayarse que este principio debe ser dejado de lado por el magistrado por razones de economía pro-

    cesal, cuando la sucesión ab intestato tenga un mayor grado de ade-

    lanto en los trámites realizados, a cuyo fin el juez debe valorar las medidas útiles cumplidas en cada caso, siempre y cuando el proceso intestado no se haya iniciado para obtener una prioridad indebida (cfr.

    G.M., “El principio de prevalencia de la sucesión testa-

    mentaria cede cuando el proceso “ab intestato” se encuentra más Fecha de firma: 18/12/2019 Alta en sistema: 19/12/2019 Firmado por: B.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: VERON B.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.M., JUEZ DE CAMARA #34075871#252804527#20191217124226706 Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J avanzado”, pub. en D.F. y P., Año 1, N°1, pág.123; y en “Proceso Sucesorio”, 4ta. edición ampliada y actualizada, Tomo I, pág.192 y sus citas, Rubenzal – Culzoni Ed., año 2018).

    Ciertamente, a más de señalar que el intestado ha sido promovido con anterioridad y que los herederos que lo iniciaran desconocían la existencia del testamento, de la compulsa de ambos procesos resulta que el trámite cumplido en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR