Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata , 17 de Noviembre de 2010, expediente 15.609/08

Fecha de Resolución17 de Noviembre de 2010

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario En la ciudad de La Plata, a los 17 días del mes de noviembre del año dos mil diez, reunidos en Acuerdo los señores Jueces que integran la Sala Primera de esta Cámara Federal de Apelaciones, para tomar en consideración el presente expediente N° 15609/08, c aratulado “L.S.M. C/ A.N.S.E.S. S/ DESPIDO”, procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia de Junín.

EL DOCTOR REBOREDO DIJO:

  1. Que, han llegado estos autos al Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora a fs. 1019/1021 vta.

    contra la sentencia de fs. 1006/1014; el que, concedido a fs. 1025, recibió

    contestación de la demandada a fs. 1027/1033.

  2. Que, previo a su tratamiento el Tribunal debe pronunciarse sobre los recursos interpuestos por la misma parte contra los autos interlocutorios de fs. 130,135, 303,473 y fs.533 concedidos con efectos diferido.

    Que, entonces y en su orden, numerándolos correlativamente se da comienzo con:

    1) El de fs. 131, interpuesto en contra de la providencia de fs. 130 que impone encausar el procedimiento por las normas laborales (Ley 18.345 y Ley de Contrato de Trabajo).

    La Ley 23.769/90 crea el Instituto Nacional de Previsión Social, cuya finalidad básica consiste en unificar la administración del Sistema Nacional de Previsión Social. Este organismo es disuelto por el Decreto 2284/91, y sustituido por la Administración Nacional de la Seguridad Social -ANSES-, de acuerdo al Decreto 2741/91.

    Por disposición de dicho decreto el personal que se incorpore a la Administración Nacional de Previsión Social –ente que sucede jurídicamente al Instituto de Previsión Social (art.1) – se rige por la Ley de Contrato de Trabajo y sus modificatorias (art. 6).

    Por lo expuesto, debe confirmarse la resolución apelada en cuanto a la aplicación de la ley 18.345 y la Ley de Contrato de Trabajo al caso de autos.

    2) El recurso de apelación de fs. 143/144, concedido a fs.

    147, interpuesto en contra de la resolución de fs. 135 , que rechaza la formulación en cuanto a testigos y el planteo de falsedad ideológica,

    considerando el señor juez a quo prematuro el planteo por hallarse en plena etapa probatoria.

    3) el de fs. 473 que rechaza la impugnación efectuada por la parte actora del testimonio de la señora F.R. y del señor J.C.A. rechazando la prueba ofrecida , interpone recurso de apelación la actora a fs. 488 el que fue concedido a fs. 528.

    Que en virtud de lo establecido en el artículo 155 de la ley 18.345 es de aplicación el art. 379 del C.P.C. y C. que declara “… serán inapelables las resoluciones del juez sobre producción, denegación y sustanciación de pruebas”, y tratándose en el caso de autos de una cuestión de producción del medio probatorio, resultan inapelables las resoluciones recurridas.

    Que, por lo expuesto han de confirmarse las resoluciones de fs. 135 y fs. 473.

    4) el de fs. 303 que corre traslado de la invocación de hecho nuevo presentado por la accionada a fs. 302 la actora interpone recurso de apelación diferida a fs. 342, fuera de término, razón por la cual ha de declararse mal concedido dicho recurso y, finalmente,

    5) el de fs. 535 que rechaza los planteos de hecho nuevo de fs. 302 y fs. 505 , la actora interpone revocatoria con apelación en subsidio, el que previo rechazo del primero se concede a fs 541 el recurso de apelación Que el artículo 78 de la ley 18345, establece “Si con posterioridad a la contestación de la demanda o reconvención ocurriere o llegare a conocimiento de las partes algún hecho o documento vinculado Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario con el litigio, aquellas podrán denunciarlo hasta tres días después de aquel en que se les notifique la audiencia para alegar (art. 94 Ley de Procedimiento laboral).

    Que, no constituye hecho nuevo la sentencia recaída en otro pleito, por no tratarse de un hecho inherente a las partes o documento emanado de alguna de ellas cuyo...

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