Landaburo Juan Ramon S/ Inf. Art 117 Ley 25.871
Fecha de la disposición | 24 de Diciembre de 2010 |
Viernes 24 de diciembre de 2010 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.055 32 plaza por el término de 3 dÃas a contar desde la última publicación del presente a Jorge Alberto Barreiro para que comparezca a prestar declaración indagatoria en la causa nro. 3501, caratulada âBarreiro, Jorge Alberto s/inf. ley 24.769â, que tramita ante el Tribunal aludido, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde si no lo hiciera. Firmado: Fernando Goldaracena, Secretario Federal.
San Isidro, 26 de noviembre de 2010.
Fernando Goldaracena, secretario.
e. 22/12/2010 N'° 157942/10 v. 28/12/2010 % 32 % El Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N'° 2 de San Isidro, SecretarÃa N'° 6, cita a Jorge Decristófano (CI n'° 8.059.981) a que comparezca ante esta sede, sita en la calle Gral.
Paz 506 de San Isidro, a fin de recibirle declaración indagatoria en la causa n'° 3454, caratulada âExpreso La Nueva Era SACI s/evasión tributaria simple y agravada de aportes y contribuciones a la seguridad socialâ, dentro de las 48 horas a contar desde la última publicación del presente y bajo apercibimiento, si asà no lo hiciera, de ser declarado rebelde.
San Isidro, 8 de noviembre de 2010.
Fernando Goldaracena, secretario.
e. 22/12/2010 N'° 157951/10 v. 28/12/2010 % 32 % TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL PARANA-ENTRE RIOS Por disposición del Dr. Roberto M. López Arango, Presidente en la causa N'° 1752/08 caratulada âLandaburo, Juan Ramón s/Inf. Art. 117 Ley 25.871â, que tramita ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, a los fines de comunicar la parte resolutiva correspondiente a la notificación de Juan Ramón Gregorio Landaburo, sin apodos, D.N.I. N'° 8.247.884, de nacionalidad argentina, casado, nacido el 17 de mayo de 1.945 en la localidad de Islas del lbicuy, Provincia de Entre RÃos, con estudios primarios completos, de ocupación comerciante, hijo de Juan MarÃa Landaburo y de Dolores Gregoria Saavedra, domiciliado en calle Alem N'° 43, Gualeguaychú,
Resuelve: 1.- Declarar extinguida la acción penal, y en consecuencia sobreseer (arts. 76 ter, 4to. párr. del Código Penal y 336 inc. 1 y 361 del C.P.P.N.) a Juan Ramón Gregorio Landaburo, sin apodos, D.N.I. N'° 8.247.884, de nacionalidad argentina, casado, nacido el 17 de mayo de 1.945 en la localidad de Islas del Ibicuy, Provincia de Entre RÃos, con estudios primarios completos, de ocupación comerciante, hijo de Juan MarÃa Landaburo y de Dolores Gregoria Saavedra, domiciliado en calle Alem N'° 43, Gualeguaychú, Entre RÃos, por el delito de facilitar la permanencia ilegal de extranjeros en el territorio de la República Argentina con el fin de obtener directa o indirectamente un beneficio en calidad de coautor (art. 117 de la Ley 25.871).- 2.- Eximir de costa a la persona mencionada (art. 531 del C.P.P.).- 3.- Proceder a la destrucción de la siguiente documentación en fotocopias: una planilla de búsqueda en el registro en 3 fs., fotocopias de los expedientes:
EXPDNM - S02:0010943/2007, en 13 fs., Expte. n'° 715.708-0/2007, en 17 fs., EXPDNM S02:0011439/2007, en 20 fs., Expte. n'° 715.7096/2007, en 19 fs., Expte. n'° 715.712-1/2007, en 18 fs. y Expte. n'° 715.711-5/2007, en 18 fs..- RegÃstrese, notifÃquese, lÃbrense los despachos del caso y, en estado, archÃvese.- Se constituye el Tribunal con los suscriptos en virtud de lo...
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