LANCILLOTA Jose

Fecha de publicación28 Mayo 2014
Fecha de disposición28 Mayo 2014
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta32893

JUZGADOS NACIONALES

EN LO CIVIL

Nº 13

EL Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 13, a cargo de la Dra. Celia A. Pérez, Secretaría Unica a mi cargo, sito en Av. De los Inmigrantes 1950, piso 5º, de la Ciudad Autonoma De Buenos Aires, notifica por el presente al Sr. JOSE LANCILLOTTA, que en los autos “AADI CAPIF ACR c/LANCILLOTA JOSE s/COBRO DE SUMAS DE DINERO”, (EXPTE Nº 15546/2010) se ha dictado la siguiente Resolución: “Buenos Aires, 10 Junio de 2013. FALLO: Haciendo lugar a la demanda impetrada por AADI-CAPIF ASOCIACION CIVIL RECAUDADORA contra JOSE LANZILLOTTA, con costas (Art. 68 del CPCC). En su mérito, condeno a la demandada a abonar a la actora la suma de PESOS MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO ($ 1.824), con sus intereses, computados en el modo establecido en el considerando V, dentro del término de diez días de quedar firme la liquidación respectiva, bajo apercibimiento de ejecución. Teniendo en cuenta el mérito, calidad, extensión y eficacia de la tarea realizada, regúlanse los honorarios correspondientes a los letrados apoderados de la parte actora, Dras. María Isabel Millé y Sandra Beatriz Blanco Chababo, en la suma de PESOS QUINIENTOS ($ 500) (cfr. arts. 6, 7, 8, 19, 37, 38, 49 y cc. de la ley 21.839, mod. por ley 24.432 y decreto ley 16.638/57, respectivamente). A su vez, guardando la debida proporción, regúlanse los honorarios del Cdor. Alberto Ricardo Cassisi, en la suma de PESOS DOSCIENTOS ($ 200). Asimismo, regúlanse los honorarios correspondientes al mediador, Dr. Pablo T...

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