Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala L, 6 de Septiembre de 2016, expediente CIV 017180/2010
Fecha de Resolución | 6 de Septiembre de 2016 |
Emisor | Camara Civil - Sala L |
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA L EXPTE N° 17.180/2010 – JUZG. 20 “L.P.J. c/
SAN VICENTE SAT Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS (ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)”
Buenos Aires, de agosto de 2016.- M AUTOS; Y VISTOS;
Y CONSIDERANDO:
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El actor apeló a fs. 289 la resolución de fs. 288/vta. que declaró perimida la instancia en estos actuados. El memorial de agravios se agregó a fs. 293/296 y no fue contestado.-
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Contrariamente a lo que sostiene el apelante, como regla, los actos realizados en el marco del proceso sobre beneficio de litigar sin gastos no poseen efecto impulsorio de este proceso pues ninguno de ellos resultó necesario, ni coadyuvó al normal avance de la causa. Más aún, una vez promovida la acción tendiente a obtener la franquicia, su promotor goza inmediatamente de la cobertura provisional a la que refiere el art. 83 del Código Procesal, lo que lo pone a salvo de los gastos que supone la tramitación de las actuaciones principales (CNCom., Sala D, “G., Delia Ruth c.
Galli, S.L. y otro s/ beneficio de litigar sin gastos”, 21/04/2016; CNCiv., S.K., “Rotgart de Litwak, N. c/ Plastiguer SA s/ daños y perjuicios”, 31/08/1998). No hay entonces relación entre el indicado proceso incidental y este otro principal, por lo que los agravios vertidos en ese sentido no alcanzan para modificar lo resuelto.-
Sin embargo, no puede perderse de vista que, ante el pedido formulado por el actor en estas actuaciones de que se convoque la audiencia preliminar, a fojas 261 la jueza de primera instancia indicó
que previamente debía el apelante: 1) practicar la notificación de la rebeldía decretada a fojas 173; 2) pagar la tasa de justicia o promover el beneficio de litigar sin gastos; y 3) asumir posición respecto al codemandado genérico. A fojas 264 el actor desistió del codemandado genérico y a fojas 266 se agregó la cédula notificando la rebeldía declarada a fojas 173 y, frente al nuevo Fecha de firma: 06/09/2016 Firmado por: V.F.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.P.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.A.I., JUEZ DE CAMARA #13676978#160449502#20160902141601548 pedido de audiencia, se hizo saber que se encontraba pendiente el tema de la tasa de justicia. Nuevamente a fojas 269 el actor insistió
en que se convoque la audiencia preliminar y a fojas 270 se proveyó
que se encontraba pendiente el tema de la tasa de justicia.-
Pues bien, más allá de que no correspondía que el juzgado supedite el...
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