Sentencia nº 751 de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Tucuman - Sala en lo Laboral y Contencioso Administrativo, 13 de Agosto de 2007

Presidente del tribunalAlfredo Carlos Dato
Fecha13 Agosto 2007
EmisorSala Laboral Y Contencioso Administrativo (Corte Suprema de Justicia de Tucumán Argentina)
Número de sentencia751

SENT Nº 751

C A S A C I Ó N

San Miguel de Tucumán, 13 de Agosto de 2007.- Y VISTO: Llega a conocimiento y resolución de esta Excma. Corte Suprema de Justicia, S. en lo Civil y Penal, que integran los señores vocales doctores A.C.D., A.J.B. y H.E.A.M., presidida por su titular doctor A.C.D., el recurso de casación interpuesto por el Sr. Fiscal de Cámara de Apelaciones en lo Penal de Instrucción, contra la sentencia dictada por la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Instrucción, del 12/10/2005 (fs. 210), el que es denegado por el referido tribunal mediante resolución del 19/5/2006 (cfr. fs. 244). Interpuesta la correspondiente queja la misma es abierta por esta Corte mediante sentencia de fecha 28/9/2006 (cfr. fs. 293). En esta sede, ninguna de las partes presentó memorial sobre el recurso de casación, mientras que a fs. 302 obra dictamen del Sr. Ministro F.. Pasada la causa a estudio de los señores vocales, y establecida la cuestión a dilucidar, de conformidad con el sorteo practicado el orden de votación será el siguiente: doctores H.E.A.M., A.J.B. y A.C.D.. Luego de la pertinente deliberación, se procede a redactar la sentencia.

La cuestión propuesta es la siguiente: ¿Es procedente el recurso?

A las cuestión propuesta el señor vocal doctor H.E.A.M., dijo:

  1. - Llega a conocimiento y resolución de esta Corte Suprema de Justicia el recurso de casación interpuesto a fs. 216/238 por el Sr. Fiscal de Cámara de Apelaciones en lo Penal de Instrucción, contra la sentencia dictada por la Cámara del mismo fuero en fecha 12/10/2005, que declaró improcedente el tratamiento del recurso de apelación promovido por el querellante L.N.A., contra la resolución dictada por el Sr. Juez en lo Penal de Instrucción 02/12/2004. El fallo apelado admitió el requerimiento fiscal y sobreseyó definitivamente a R.E.M. imputado por el delito de estafa en perjuicio de A., disponiendo además la revocación del secuestro del acoplado marca N.H., chasis Nº 000048, y su inmediata restitución al acusado M. (cfr. fs. 171/174).

    El tribunal a quo pone de relieve que al responder la vista ordenada, el Sr. Fiscal de Cámara se pronunció por el rechazo del planteo de nulidad, toda vez que la cuestión era susceptible de ser tratada por vía de apelación; y que este recurso debía ser igualmente desestimado por cuanto el memorial de sostén presentado por la defensa carecía de entidad. La sentenciante considera que el dictamen de fs. 206/207 exhibe contradicción entre sus fundamentos y la...

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